Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 4, 21 de Agosto de 2015, expediente CSJ 001777/2014/CS001

Fecha de Resolución21 de Agosto de 2015
EmisorSala 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 CSJ 1777/2014/CS1 REGISTRO N° 1583/15.4 Buenos Aires, 21 de agosto de 2015.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa CSJ 1777/2014/CS1, caratulada: “TIZADO, J.C. y otros s/recurso extraordinario”, acerca de la admisibilidad del recurso extraordinario federal presentado a fs. 3612/3633 vta. por la Defensa Pública Oficial asistiendo a G.A.L., A.G.L. y G.F.L., contra la resolución dictada por esta Sala IV, con fecha 20 de mayo de 2014, obrante a fs. 3432/3466 vta. (Reg. N..

930/2014.4), en cuanto resolvió –en lo que aquí

interesa-: “…

  1. HACER LUGAR PARCIALMENTE a los recursos de casación interpuestos por el doctor L.R.B., representante del Ministerio Público Fiscal (fs. 3140/3187 vta.) y los doctores M.S.A. y G.D.G., representantes dela A.F.I.P.-D.G.A., parte querellante (fs. 3188/3206), sin costas en esta instancia (arts.

    530 y 531 del C.P.P.N.), CASAR PARCIALMENTE la resolución recurrida de fs, 3064/3134 y, en consecuencia, (…) b. REVOCAR los puntos dispositivos IV y VII de la sentencia impugnada y –por mayoría–

    CONDENAR (…) y a A.G.L. (p) a la pena de dos (2) años y nueve (9) de prisión en suspenso y costas en la instancia anterior por considerarlos coautores del delito de tentativa de contrabando de exportación agravado por el número de personas y mediante la comisión de otro delito (arts. 26, 29 inc.

    3, 45 del C.P.; 864, inc. “d”, 865, incs. “a” y “d”, 871 y 872 todos del Código Aduanero, ley 22.415).

    Imponer… y a A.G.L. (p) la pena de dos (2) años y nueve (9) meses de inhabilitación para ejercer el comercio (art. 876, inc. “e”, del C.A.), la pena de inhabilitación especial perpetua para ser Fecha de firma: 21/08/2015 Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CÁMARA DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CÁMARA DE CASACIÓN Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: S.M.M., Prosecretaria de Cámara Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 CSJ 1777/2014/CS1 miembro de las fuerzas de seguridad (art. 876, inc.

    f

    , del C.A.) e inhabilitación absoluta por el doble del tiempo de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público (art. 876, inc. “h”, del C.A.). Asimismo, imponer… y a A.G.L. (p) por el término de dos (2) años y nueve (9)

    meses la regla de conducta prevista por el art. 27 bis, inc. 1 del C.P (…) d. REVOCAR los puntos dispositivos VI y VIII de la sentencia impugnada y –

    por mayoría– CONDENAR, respectivamente, a G.A.L. y G.F.L., a la pena de dos (2) años de prisión en suspenso y costas de la instancia anterior, por considerarlos partícipes secundarios del delito de tentativa de contrabando de exportación agravado por el número de personas y mediante la comisión de otro delito (arts. 26, 29 inc.

    3 y 46 del C.P.; 864, inc. “d”, 865, incs. “a” y “d”, 871 y 872 todos del Código Aduanero, ley 22.415).

    Imponer a G.A.L. y G.F.L., por el término de dos (2) años la pena de inhabilitación para ejercer el comercio (art. 876, inc. “e”, del C.A.), la pena de inhabilitación especial perpetua para ser miembro de las fuerzas de seguridad (art. 876, inc, “f”, del C.A.) e inhabilitación absoluta por el doble del tiempo de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público (art. 876, inc. “h”, del C.A.). Asimismo, imponer a G.A.L. y G.F.L. por el término de dos (2) años la regla de conducta prevista por el art. 27 bis, inc. 1 del C.P. III.

    REVOCAR el punto dispositivo XIII de la sentencia impugnada y, en consecuencia, ORDENAR...

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