Publicaciones de la Sección Suplemento de 07 de Abril de 2016

Nº 27.757
AÑO CVII/ LA PLATA, jUEVES 7 DE ABRIL DE 2016
S U P L E M E N T O D E 8 PÁGINAS
Resoluciones
Resoluciones
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Provincia de Buenos Aires
TESORERÍA GENERAL
Resolución N° 220
La Plata, 06 de abril de 2016
VISTO la Resolución Nº 9/16 de la Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de
Economía, por la que se aprueban los términos y condiciones para la para la Emisión del
Quinto Tramo de Letras del Tesoro para el Ejercicio, las Leyes Nº 13767, Nº 14807 y Nº
10189, los Decretos Nº 3260/08 y 3264/08, las Resoluciones Nº 17/16 y su modificatoria
N° 64/16 de la Tesorería General de la Provincia, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 76 de la Ley Nº 13767 otorga a la Tesorería General de la Provincia la
facultad de emitir Letras del Tesoro con la finalidad de cubrir deficiencias estacionales de
caja por hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General;
Que el artículo 38 de la Ley Nº 14807 de Presupuesto del Ejercicio 2016 fijó en la suma
de Pesos tres mil millones ($3.000.000.000) o su equivalente en moneda extranjera, el
monto máximo de autorización para la emisión de Letras del Tesoro;
Que el artículo 56 de la Ley Nº 14552 modifica el artículo incorporado por el artículo 61
de la Ley N° 14393 a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 10189 (Texto
Ordenado según Decreto Nº 4502/98) y sus modificatorias, por el que se autoriza a la
Tesorería General de la Provincia a emitir Letras del Tesoro en los términos del artículo 76
de la Ley Nº 13767, al solo efecto de cancelar las Letras emitidas en el marco del
Programa de Emisión de Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires del Ejercicio
anterior por hasta la suma autorizada para dicho Programa;
Que por Resolución Nº 17/16, y su modificatoria N° 64/16, ambas de Tesorería General
de la Provincia, se aprobó un Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio
2016, que establece los términos generales del mismo, por un monto máximo de hasta
Valor Nominal pesos siete mil doscientos cincuenta y ocho millones novecientos ocho mil
(VN $7.258.908.000) o su equivalente en moneda extranjera;
Que por Resoluciones Nº 961/15, N° 50/16, N° 91/16 y N° 156/16 de la Tesorería
General de la Provincia se emitieron los cuatro primeros tramos del Programa por un
monto total de Valor Nominal pesos siete mil quinientos dos millones cincuenta y cuatro
mil (VN $7.502.054.000);
Que por Resoluciones Nº 53/16 y 65/16 ambas de la Tesorería General de la Provincia
se rescataron Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires por un monto total de
Valor Nominal pesos tres mil treinta y un millones doscientos veintiocho mil (VN $
3.031.228.000);
Que el artículo 38 de la Ley Nº 14807 determina que para el caso que el plazo de reem-
bolso de las Letras que se emitan excedan el ejercicio financiero, se transformarán en
Deuda Pública, para ello corresponderá cumplir con los requisitos fijados en el Título III de
la Ley Nº 13767, ello en concordancia con lo previsto en el artículo 76 in fine de la Ley Nº
Que por Resolución Nº 12/16 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda
y Finanzas Públicas de la Nación fue otorgada la autorización de emisión de Letras por
hasta la suma de Valor Nominal pesos siete mil doscientos cincuenta y ocho millones
novecientos ocho mil (VN $7.258.908.000), en el marco del Régimen de Responsabilidad
Fiscal establecido por la Ley Nacional Nº 25917, su modificatoria Ley Nº 26530 y que fuera
prorrogada para el ejercicio 2016 por Ley Nº 27008 y al que la Provincia de Buenos Aires
adhiriera por Leyes Nº 13295, Nº 14062, Nº 14552, Nº 14652 y Nº 14807;
Que por Resolución Nº 15/16 de la Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de
Economía de la Provincia de Buenos Aires se ha resuelto el registro contable como deuda
pública de Letras del Tesoro, cuyo reembolso excede el Ejercicio Financiero 2016, por un
monto total de Valor Nominal pesos dieciséis millones diecinueve mil (VN $16.019.000);
Que el inciso e) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, establece que
el monto máximo de autorización citado se afectará por el Valor Nominal en circulación;
Que, consecuentemente, el monto de Letras del Tesoro en circulación a la fecha de la
presente alcanza a la suma de Valor Nominal pesos cuatro mil cuatrocientos cincuenta y
cuatro millones ochocientos siete mil (VN $4.454.807.000);
Que el artículo 57 de la Ley Nº 13767 define que el Crédito Público se regirá por la cita-
da Ley, su reglamentación y las leyes que aprueben las operaciones específicas;
Que el inciso a) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, instituye que
el Ministerio de Economía establecerá en cada oportunidad las respectivas condiciones
financieras de emisión;
Que por el artículo 12 de la Resolución Nº 24/16 del Ministerio de Economía se delegó
en la Subsecretaría de Finanzas en el marco del “Programa de Emisión de Letras del
Tesoro para el Ejercicio 2016” las competencias conferidas al Ministerio de Economía
mediante el artíc ulo 38 de la Ley N° 1480 7 y el artíc ulo incorporado a la Le y
Complementaria Permanente de Presupuesto N° 10189 por el artículo 61 de la Ley N°
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S

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