Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 27 de Diciembre de 2022, expediente CAF 002623/2017/CA003

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

2623/2017 S.R., S. c/ EN - AFIP Y OTROS s/HABEAS

DATA

Buenos Aires, de diciembre de 2022.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que en función de la naturaleza del proceso principal; del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo cumplido ante la anterior instancia por el Dr. S.A.M., en su carácter de letrado patrocinante de la parte actora, corresponde reducir y fijar los honorarios regulados el día 2 de agosto de 2022, en la suma de 108.000, los que se encuentran a cargo de la parte demandada (conf.

    arts. arts. 1, 3, 6, 7 y 9 de la Ley 21.839 y modif. de la Ley 24.432 y resolución del 17 de diciembre de 2021).

  2. Que, cabe dejar aclarado que en los importes establecidos precedentemente no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que –frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo, que oportunamente realice el beneficiario-, la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo junto con el monto del pago.

    ASÍ SE

    RESUELVE:

    .

    Regístrese, notifíquese y devuélvase.

    Guillermo F. Treacy Pablo Gallegos Fedriani Jorge F. ALEMANY

    Fecha de firma: 27/12/2022

    Alta en sistema: 28/12/2022

    Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.L.P., PROSECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

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