Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA V, 10 de Septiembre de 2015, expediente CNT 014539/2014

Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2015
EmisorSALA V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII Expediente nro. CNT 14539/2014/CA1 JUZGADONº80 AUTOS: "SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL S.U.T.E.R.H. c/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO MORENO 2294/96/98 Y 2300 s/

EJECUCION FISCAL"

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 del mes de septiembre de 2015.-

VISTO:

El recurso de fs. 32, y; CONSIDERANDO:

Los honorarios regulados a la representación letrada de la parte actora lucen insuficientes (artículo y 40 de la Ley 21.839).

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Dejar sin efecto la regulación de honorarios de la representación letrada de la actora y fijarlos en el 11% del monto consignado a fs. 31.

R., notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 4º de la Acordada de la C.S.J.N. 15/13 del 21/5/13 y, oportunamente, devuélvanse.

gma L.A.C.V.A.P.J. de Cámara Juez de Cámara Fecha de firma: 10/09/2015 Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por...

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