Sentencia Nº 59/08 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2008

Año2008
Número de sentencia59/08
Fecha28 Noviembre 2008
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

IP-59.08-28.11.2008

SANTA ROSA, 28 de noviembre de dos mil ocho.-

VISTOS:

Los presentes autos caratulados: "ARANA, D.F. en causa por tentativa de homicidio- amenazas agravadas- portación ilegal de armas s/ recurso de revisión" (expte. n.° 59/08 - Reg. Sala B del S.T.J.)"; y

CONSIDERANDO:

Que el Dr. J.R.B., en su condición de Defensor Particular de D.F.A., interpuso recurso de revisión e invocó como motivo el art. 450, inc. 5º, del C.P.P., con el objeto que se revea la sentencia mediante la que se lo condenó por el delito de portación ilegal de armas de fuego "...habida cuenta la amnistía dispuesta por la ley 26.216, en su art. 8, solicitando desde ya que se modifique la sentencia, reduciendo la pena en la medida de la amnistía señalada".-

A efectos de sustentar el planteo formulado, cita jurisprudencia de este Tribunal en causa "H., C.... s/recurso de casación", y adujo que la mencionada causa refiere una situación análoga a la de su defendido, por tener el permiso de portación otorgado por el RENAR vencido, y haber entregado sus armas en forma voluntaria.-

De acuerdo al fundamento del recurso formulado, el inciso 5º del art. 450 está destinado a efectivizar el principio de retroactividad de ley más benigna, cuando una norma contenga elementos o expresiones que resulten más favorables al condenado.-

La ley 26216 no cumple esas condiciones, porque establece un Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas, y no modifica de manera alguna, la figura del art. 189 bis del C.P. -portación ilegal de armas de fuego-, por la cual fuera condenado ARANA.-

El referido Programa está destinado a la "disminución del uso y proliferación" de las armas de fuego, como así también "la reducción de accidentes hechos de violencia y delitos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR