Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 13 de Diciembre de 2022, expediente CAF 012834/2020/CA001
Fecha de Resolución | 13 de Diciembre de 2022 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
FEDERAL- SALA II
12834/2020 SAYAGO, OSCAR DE J. Y OTROS c/ ESTADO
NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA - ARMADA
ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y
DE SEG
Buenos Aires, 13 de diciembre de 2022.-LR
Y VISTOS:
-
) Que esta Sala mediante sentencia de fecha resolvió: i)
hacer parcialmente lugar al recurso de apelación interpuesto por los actores y, en consecuencia, revocar la sentencia de grado en el sentido de que se haga lugar a la demanda entablada contra el Estado Nacional – Ministerio de Defensa – Armada Argentina, en su carácter de personal en actividad de la accionada, con el objeto que se ordene a la demandada “abonar correctamente las compensaciones por traslado ya percibidas”, tomando como base el haber del “Almirante”
–o su equivalente–, “incluyendo a dicha base de cálculo los incrementos y suplementos dispuestos por los dtos. 1104/05 y 1305/12
y sus normas complementarias” y ii) con costas en ambas instancias por su orden (conf. arts. 68, segunda parte, y 279, ambos del C.P.C.C.N.).
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) Que contra dicho pronunciamiento, la parte demandada interpuso recurso extraordinario, cuyo traslado –
notificado electrónicamente con fecha 28/11/22- se tiene por no contestado por su contraria por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ac. CSJN nª 04/07 –exceso de renglones-.
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) Que desde antiguo la Corte Suprema ha resuelto que las cuestiones federales se tornan insustanciales cuando una clara y reiterada jurisprudencia, indudablemente aplicables a ellas, impida cualquier controversia seria respecto de su solución (confr. Fallos:
194:220). En el mismo sentido, ha decidido que son insustanciales los agravios planteados en el recurso extraordinario cuando existe una Fecha de firma: 13/12/2022
Firmado por: L.M.M., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.C.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.L.L.C., JUEZ DE CAMARA
jurisprudencia consolidada respecto de las cuestiones debatidas en la causa, que fue seguida por el Tribunal de Alzada –confr.“Bovari de D.” (Fallos: 323:1048)-; la cual, valga ponerlo de relieve, es mantenido en fecha actual por el Máximo Tribunal conforme “Sosa,
C.E. y otros c/ EN-M Defensa- Ejército s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg”, expte. CAF 46478/2013/1/RH1,
sentencia del 21/05/2019.
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) Que no corresponde hacer lugar a la invocación de la gravedad institucional manifestada si el punto no fue objeto de un serio y...
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