Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 21 de Febrero de 2018, expediente CIV 050422/2015

Fecha de Resolución21 de Febrero de 2018
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M 50422/2015 SANZOL, L.M. c/R., M.B. Y OTRO s/DESALOJO: OTRAS CAUSALES Buenos Aires, de febrero de 2018.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Fueron elevados estos autos para que el Tribunal entienda en el recurso de apelación de fs. 58, deducido por considerar bajos los honorarios regulados a fs. 56.

A tal efecto, se tendrán en cuenta la naturaleza del asunto, monto comprometido conforme al artículo 26 de la Ley de Arancel, que determina la base regulatoria, el mérito de la labor profesional, apreciada pormenorizadamente por su calidad, eficacia, esfuerzo y extensión del trabajo realizado, etapas cumplidas y pautas legales de los arts. 6, 7, 9, 37, 39 y cc. de la ley 21.839 y su modificatoria ley 24.432.

En consecuencia, por ser bajos los honorarios regulados a la Dra. G.M.T., en el carácter de letrada apoderada de la actora y en estima de su tarea, se los eleva a la suma de PESOS MIL SETECIENTOS ($ 1.700).

R., notifíquese por Secretaría y oportunamente, devuélvanse los autos al juzgado de origen.-

MABEL DE LOS SANTOS E.M.D.D.V.M.I.B.F. de firma: 21/02/2018 Alta en sistema: 27/02/2018 Firmado por: M.A...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR