Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 3 de Agosto de 2023, expediente FSA 001935/2021/CA001

Fecha de Resolución 3 de Agosto de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIAPREVISIONAL 2

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta – Sala II

SALAS, M.V. c/

ANSES s/PENSIONES

Expte. FSA

N° 1935/2021 (Juzgado Federal N° 2

de Salta).

Salta, 03 de agosto de 2023.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

1) Que vienen las presentes actuaciones a este Tribunal en virtud de del recurso de apelación interpuesto por la ANSeS en contra la sentencia definitiva del 18 de abril 2023 por la que el juez de grado hizo lugar a la demanda promovida por la Sra. M.V.S. y ordenó a ANSeS

acordar el beneficio de pensión por fallecimiento, considerando al causante aportante regular con derecho en los términos del art. 1 inc. 3 del decreto 460/99.

2) Que el organismo previsional se agravió de la aplicación al caso de autos de los fallos “Pinto, Á.A. c/ Anses s/ pensiones” y “T.,

M. c/ Ases”. Sostuvo que el causante no reunía los requisitos exigidos por el decreto 460/99 reglamentarios del art. 95 de la ley 24.241 para ser considerado aportante regular o irregular con derecho.

Indicó que el acto administrativo emitido por su parte es fundado,

razonable, legal, oportuno, justo y de acuerdo a las facultades que le son inherentes a la administración.

Puntualizó que al momento de la solicitud del retiro transitorio por invalidez no se lograron acreditar 18 meses- como mínimo- de aportes dentro de los últimos 36 meses anteriores a la fecha de solicitud a los fines de ser Fecha de firma: 03/08/2023

Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.S., SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta – Sala II

considerado aportante irregular con derecho (aparatado 2 del art. 1° del Decreto 460/99).

Señaló que si bien se acreditaron más del 50% del mínimo de años de servicios exigidos por la ley 24.241 resulta que no pudo acreditar un período de 12 meses con aportes dentro de los 60 meses anteriores a la fecha de solicitud de retiro por invalidez (apartado 3 del art. 1° del Decreto 460/99).

Hizo mención al régimen contributivo como al de autónomos.

Citó jurisprudencia en apoyo de su tesitura e hizo reserva del caso federal.

3) Que corrido que fuera el traslado de ley, la actora no contestó, por lo que se tuvo por decaído el derecho dejado de usar. Seguidamente se llamaron autos para resolver.

4) Que de los planteos esgrimidos por el organismo previsional, se advierte que no surgen argumentos que logren contradecir lo resuelto por el magistrado de grado en tanto esta Sala desde el fallo “P., S. c/

Anses s/ Impugnación de Acto Administrativo”, Expte. 41000622/...

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