Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL, 11 de Abril de 2019, expediente FMP 005935/2014/CA001

Fecha de Resolución11 de Abril de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA ROJAS, A.R. c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES 5935/2014 SR//del plata, AUTOS Y VISTO:

Llegan los autos a esta Alzada con motivo del recurso de apelación deducido por la parte demandada en oposición a la sentencia dictada por el juez de grado.-

Que del examen de autos surge que el Sr. ROJAS A.R., adquirió su beneficio previsional conforme lo normado por la Ley 24.241, con fecha de adquisición del derecho 5/7/2005.-

Ingresando concretamente en el análisis de los agravios planteados por la demandada en su memorial, se advierte que los mismos están dirigidos a cuestionar el recalculo de los componentes PC y PAP del haber inicial, la aplicación del fallo Q. para el recalculo de la PBU y la omisión del A Quo de expedirse concretamente sobre la prescripción prevista en el art. 82 de la ley 18.037 vigente según el art. 168 de la Ley 24.241.-

A partir de lo expuesto y siendo que todo ello resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: “GIANOLI, N.I. c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 062011554/2011/CA001 Fecha: 18/02/2016, que remite a los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Q.C.A. C/ANSeS S/REAJUSTES VARIOS” (Q. 68 XLVI), de fecha 11 de noviembre de 2014, “Badaro Adolfo Valentin”

(B. 675. XLI), “Cirillo” (C. 1074. XLIV) y “Elliff” (Fallos: 332:1914), por lo que corresponde remitir a los fundamentos allí vertidos, que pasan a formar parte del presente resolutorio.-

Asimismo, adentrándonos al tratamiento del agravio relacionado con la omisión del A Quo de expedirse concretamente sobre la prescripción prevista en el art. 82 de la ley 18.037 vigente según el art. 168 de la Ley 24.241, siendo que el Fecha de firma: 11/04/2019 Alta en sistema: 15/04/2019 Firmado por: DR. E.P.J., Juez de Cámara Firmado por: DR. A.O.T., Juez de Cámara #19621472#229714381#20190320092922791 magistrado se ha pronunciado sobre dicho tópico a fs. 68 y en el punto VI) del fallo, corresponde su desestimación por incongruente, ello, conforme lo resuelto por ésta Alzada en el precedente: “RODRÍGUEZ, AGUSTÍN WASHINGTON c/ ANSeS s/

REAJUSTE DE HABERES” 'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 041046373/2007/CA001 Fecha: 23/04/2015.-

Por último, en relación a las costas de Alzada, cabe recordar lo señalado en la sentencia dictada en: “MARTINASSO, M.A. c/

ANSeS s/REAJUSTE...

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