Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 21 de Febrero de 2019, expediente CAF 049573/2018/CA001

Fecha de Resolución21 de Febrero de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 49573/2018 R.R., AVELINA c/ EN-AFIP-

DGSS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO J.. 8 Buenos Aires, de de 2019.- RR Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la actora promovió demanda contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a los efectos de obtener la declaración de nulidad de la resolución nº 975/2017 (DV FMON) del 4 de diciembre de 2017, por la cual se dispuso su exclusión del Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (monotributo).

    En ese marco, solicitó una medida cautelar a fin de que se mantenga su condición de monotributista (categoría F) hasta tanto se dicte sentencia definitiva en el presente proceso (conf.

    punto 6 del escrito de inicio de fs. 2/14).

  2. Que la señora jueza titular del J.ado nº 8 del fuero dictó el pronunciamiento de fs. 48/50 por el cual rechazó la medida cautelar solicitada por la actora.

    Para decidir de ese modo, y luego de recordar los requisitos de procedencia para el dictado de este tipo de medidas, señaló que:

    1. La exclusión de la actora del monotributo fue dictada luego de una fiscalización tributaria, “en cuyo derrotero se han practicado todas las notificaciones correspondientes y se ha recepcionado y analizado toda la prueba ofrecida (…) otorgándose asimismo las vías recursivas administrativas y judiciales tal como la interposición de la presente acción demuestra”.

    2. La decisión adoptada por el Fisco Nacional no significó imputar a la contribuyente conducta o calificación alguna, sino dar cumplimiento con las obligaciones que la ley 26.565 le Fecha de firma: 21/02/2019 Alta en sistema: 22/02/2019 Firmado por: DRA. DO PICO - DRA. HEILAND - DR. FACIO - , JUECES DE CÁMARA - - H. GERDING SECRETARIO #32153408#225480924#20190124142805867 impone respecto de la verificación y el control del correcto encuadramiento de los contribuyentes dentro del régimen simplificado.

    3. La actora centró su argumentación en que la decisión del organismo fiscal limita su derecho a trabajar, lo que carece de sustento para acceder a la tutela pretendida. La medida adoptada por la demandada implicó su reencuadramiento en el régimen general de contribuyentes de modo acorde a su exteriorización patrimonial. Esa situación no constituye menoscabo alguno al desarrollo de su actividad.

    4. La medida cautelar pretendida debe ser rechazada, aun sin ingresar en profundidad al estudio sobre la verosimilitud del derecho invocado, en tanto la ausencia de alguno de los...

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