Resolución - Simple N° 8566 - MHFGC/2023, 24/11/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 8566/MHFGC/23
Buenos Aires, 21 de noviembre de 2023
VISTO: Las Leyes N° 471 y 6.292 (textos consolidados por Ley Nº 6.588), los
Decretos N° 684/09, 335/2011 y 463/19 y modificatorios, las Resoluciones Nros.
7.593/GCABA-MHFGC/23 y 4.380/GCABA- MHFGC/20, el Expediente Electrónico N°
42906724-GCABA-DGDSCIV/23 y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 684/09, se reglamentó el artículo 49 de la Ley N° 471 (texto
consolidado por Ley Nº 6.588), que establece el Régimen Gerencial para la
Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creando dos niveles
que se denominaron Dirección Operativa y Subdirección Operativa, a los que les
correspondieron las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras
organizativas de este Gobierno;
Que posteriormente, por Decreto N° 335/2011 se modificó el artículo 3° del Decreto N°
684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que
se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les
corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras
Organizativas de este Gobierno;
Que mediante Resolución N° 7.593/GCABA-MHFGC/23 se estableció la remuneración
bruta mensual correspondiente al Régimen Gerencial de la Administración Pública de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y mediante el artículo 1º de la Resolución N°
4.380/GCABA-MHFGC/20, en consecuencia de lo acordado mediante Acta de
Negociación Paritaria N° 22/23 para el personal de planta permanente del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco de la pauta salarial del año en curso, dispuesta para el personal de
planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
corresponde adecuar las remuneraciones previstas para dicho régimen en sus dos
niveles, Gerente y Subgerente Operativo, dejando sin efecto la Resolución N°
7.593/GCABA-MHFGC/23;
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en tanto que mediante Decreto N° 463/19 y modificatorios
se aprobó la estructura orgánica funcional dependiente del Poder Ejecutivo del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el artículo 17 de la mentada Ley contempla entre los objetivos del Ministerio de
Hacienda y Finanzas el de diseñar, implementar y supervisar la aplicación de la
política salarial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley N° 6.292,
EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1°.- Establecer, a partir del 1° de noviembre de 2023, la remuneración
mensual correspondiente al Régimen Gerencial de la Administración Pública de la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6755 - 24/11/2023

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