Resolución - Simple N° 21 - SSGMO/2024, 24/01/2024

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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RESOLUCIÓN N.° 21/SSGMO/24
Buenos Aires, 4 de enero de 2024
VISTO: Las Leyes Nros. 451, 2.148 (texto consolidado según Ley Nº 6.588), y 6.215,
el Decreto N° 387/GCABA/2023, el expediente electrónico Nº EX-2024-01336455-
GCABA-SSGMO, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el Visto, la UTE - Ses S.A. - Construere Ing.
S.A., solicita el permiso para la afectación de la avenida Pte. R. Sáenz Peña, con
motivo de la obra "Líneas C y D: Acceso Sarmiento - Fase 1 - Etapa III - Obra Civil,
Arquitectura e Instalaciones";
Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente,
concurrente, y, peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes
que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de
tránsito, debiendo contar asimismo, con los seguros correspondientes, haciéndose
responsable de la limpieza de las calzadas afectadas;
Que mediante el Decreto N° 387/GCABA/2023, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de
Gestión de la Movilidad, dependiente de la Secretaría de Transporte, del Ministerio de
Infraestructura, se encuentra la de “Autorizar cortes de calles y avenidas, y desvío del
tránsito vehicular cuando correspondiere“;
Que por conducto de la Ley N° 6.215, se aprobó el Manual de Señalización Vial
Transitoria, mediante el cual se establecen los lineamientos básicos para regular las
señales y los dispositivos a los fines de su aplicación en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la señalización que se aprueba en el Manual de Señalización Vial Transitoria será
utilizada en el transcurso de ocupación o afectación total o parcial de la vía, durante la
ejecución de la obra, para ayudar a reducir el impacto que generan las afectaciones
eventuales de las vías de circulación en los actores viales;
Que la implementación de dichos sistemas de señalización tienen por objetivo
garantizar que el señalamiento vial sea claro, legible, universal y homogéneo para toda
la ciudadanía;
Que mediante la Ley N° 6.484 se incorporaron a la Sección 6°, Capítulo I "Tránsito",
del Libro II, del Anexo A, de la Ley N° 451 (texto consolidado por Ley N° 6588), las
sanciones previstas para la afectación de calzada sin autorización correspondiente y/o
para aquellos casos en que no se cumpla con los extremos indicados por la autoridad
de aplicación;
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a la
UTE - Ses S.A. - Construere Ing. S.A. a afectar la avenida Pte. R. Sáenz Peña, con
motivo de la obra "Líneas C y D: Acceso Sarmiento - Fase 1 - Etapa III - Obra Civil,
Arquitectura e Instalaciones".
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, conforme el N° Decreto
387/GCABA/2023,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6799 - 24/01/2024

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