Resolución Nro. 15 - APROB DE LOTEO ALTA MENDOZA EXPTE 4820-L-2006-60207

EmisorConsejo de Loteos
Fecha de la disposición24 de Septiembre de 2019

Visto el expediente N° 4820-C-2006-60207 del Registro de la Municipalidad de Las Heras, Caratulado “LOTEO COOP. ALTA MENDOZA” por el cual se presenta a consideración el pedido de aprobación definitiva parcial del loteo realizado en el inmueble propiedad de la COPERATIVA DE URBANIZACIÓN ALTA MENDOZA LIMITADA, ubicado en calle Regalado Olguín s/n° esq. Cicchitti s/n°, Distrito El Challao del mencionado Departamento, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 40 (refoliado)/41 (refoliado) se agrega certificado de factibilidad de obra emitido por el Departamento General de Irrigación, a través de la Subdelegación de Aguas del Río Mendoza.

Que a fs. 91 la Coop. De urbanización Alta Mendoza Ltda., ofrecen en donación a la Municipalidad de Las Heras los espacios destinados al dominio público.

Que a fs. 233 se agrega Constancia de Terminación de Obra de Red Colectora y Red Distribuidora de agua potable, expedidas por la Inspección de Obras de AySaM.

Que por resolución interna N.º 84/2011 D.A. agregada a fs. 261/262, se aprueba el Aviso de Proyecto de Impacto Ambiental en cumplimento de la Ley N.º 5961 y Decreto N.º 2109/94.

Que por Resolución N° 39-DH-2017, agregada a fs. 263/264, la Dirección de Hidráulica otorga el visado final de las obras ejecutadas conforme al estudio Hidrológico e Hidráulico del loteo.

Que a fs. 267 se agrega Acta de Recepción Provisoria de Obra de provisión de electricidad al loteo emitida por EDEMSA. Dicha obra comprende básicamente montaje de CN 250 con transformador de 315kVA, Tendido de LAMT, Tendido de LABT preensamblado con fase de alumbrado público incluído en el preensamblado, todo sobre columnas de hormigón y acero.

Que a fs. 288, se acompaña plano de Mensura y Loteo, que cuenta con visación previa conforme otorgada por la Dirección General de Catastro.

Que de la documentación de fs. 293/294, emitida por la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial de la Provincia, surge que el inmueble no posee gravámenes y el titular dominial no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes.

Que con el Acta de Inspección de fs. 295 se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 5° del Decreto Ley N.º 4341/79 y modificatorias.

Que de acuerdo a lo dictaminado por Secretaría Legal del Consejo de Loteos a fs. 300, se consideran cumplidos los recaudos necesarios previstos en los art.4° y 7° de la Ley N° 4341, modifcado por Ley Nº 8778, para dar curso a...

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