Resolución Normativa N° 14 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Enero de 2018
EmisorDireccion general de rentas
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXVII - Nº 2
CORDOBA, (R.A.) MIERCOLES 3 DE ENERO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
XXVII. SUSTITUIR el Titulo DEL ANEXO X (1) por el siguiente:
ANEXO X (1) - IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS TABLA
DE EQUIVALENCIAS ENTRE NAES Y CÓDIGOS DE ACTIVIDAD CON-
TRIBUYENTES LOCALES VIGENTES AL 31-12-2017 (ART.279 (3) R.N
1/2017)”
ARTÍCULO 2°.- SUSTITUIR los Anexos de la Resolución Normativa Nº
1/2017 y modicatorias, que se detallan a continuación por los que se ad-
juntan a la presente:
I. ANEXO V- DOMICILIO FISCAL ELECTRÓNICO (ART. 160 R.N.
1/2017).
II. ANEXO XI– IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS REGÍME-
NES VIGENTES (ART. 280, 281 Y 282 R.N. 1/2017).
III. ANEXO XIII - IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS BASE
IMPONIBLE PROPORCIONALES MENSUALES (Art. 276 R.N. 1/2017).
IV. ANEXO XIV - IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS RE-
DUCCIÓN DE ALÍCUOTAS (Art. 276 R.N. 1/2017).
V. ANEXO XVI - IMPUESTO SOBRES LOS INGRESOS BRUTOS BASE
IMPONIBLE PROPORCIONALES SEGÚN MES DE INICIO - EXENCIÓN
INDUSTRIA – ART. 2° LEY N° 9505 (Art. 320° R.N. 1/2017).
VI. ANEXO XVII – LOCACIÓN DE INMUEBLES – PROPORCIONALIDAD
MONTO ANUAL ARTÍCULO 178 INCISO B) DEL CÓDIGO TRIBUTARIO
(Art. 344 R. N. 1/2017).
VII. ANEXO XIX – AGENTE DE RETENCIÓN/PERCEPCIÓN/RECAUDA-
CIÓN CALCULO DE FOFISE Y FFOI .- SUMATORIA DE BASES IMPONI-
BLES AÑO ANTERIOR (Art. 465 R.N. 1/2017).
ARTICULO 3°.- DEROGAR los Anexos de la Resolución Normativa Nº
1/2017 y modicatorias, que se detallan a continuación:
I. ANEXO IX - Impuesto sobre los Ingresos Brutos. – Código de Activida-
des (Art. 275 y 363 R.N. 1/2017).
II. ANEXO X - Impuesto sobre los Ingresos Brutos. – Equivalencias y Ob-
servaciones de los Código Único de Actividades de Convenio Multilateral
C.U.A.C.M. (Art. 278 y 279 R.N. 1/2017)
ARTÍCULO 4°.- INCORPORAR los Anexos que a continuación se detallan
y que se aprueban y adjuntan a la presente:
I. ANEXO XV (2) – INSTRUCTIVO AJUSTE PERÍODO DOCE SIFERE
LOCALES (ART.268 (4) BIS R.N 1/2017)
II. ANEXO XVIII (1) – CONVENIOS DE LIQUIDACIÓN UNIFICADA DEL
IMPUESTO A LA PROPIEDAD AUTOMOTOR CON MUNICIPIOS (ART.
395 (1) RN 1/2017)
III. ANEXO XVIII (2) – IMPUESTO A LAS EMBARCACIONES - TABLA DE
VALUACIONES (ART. 402 R.N 1/2017) a continuación del ANEXO XVIII
ARTICULO 5°.- Lo reglamentado en la presente Resolución tendrá vigen-
cia a partir del 01 de Enero de 2018.
ARTÍCULO 6º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Ocial,
PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y ARCHÍVESE.
FDO.: LIC. HEBER FARFÁN, SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
Anexo: https://goo.gl/PZAeuy
Resolución Normativa N° 14
Córdoba, 29 de diciembre de 2017.-
VISTO: La Resolución Normativa Nº 1/2017 (B.O. 24-07-2017) y sus mo-
dicatorias;
Y CONSIDERANDO:
QUE la Ley N° 10508 de Modicaciones al Código Tributario Provincial,
Ley Nº 6006 (T.0. 2015 y sus modicatorias) establece un Régimen Simpli-
cado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes lo-
cales de la provincia de Córdoba, y la Ley N° 10509 –Ley Impositiva Anual
2018- establece importes jos que deberán ingresar los contribuyentes del
régimen mencionado.
QUE mediante la Resolución General N° 7/2017 de la Comisión Arbitral
(B.O. 29-06-2017), y su modicatoria Resolución General N° 12/2017 (B.O.
27-10-2017) se aprobó un nuevo Nomenclador de Actividades Económicas
del Sistema Federal de Recaudación (NAES). Esta Dirección, a través de
la Resolución Normativa N° 6/2017 (B.O. 14-09-2017), estimó conveniente
disponer la adhesión al nuevo nomenclador NAES. Por lo que el mencio-
nado codicador resulta de aplicación para todos los contribuyentes del
Impuesto sobre los Ingresos Brutos, locales y de Convenio Multilateral, el
cual tendrá vigencia a partir del 1° de enero de 2018, para comunicar las
actividades económicas que desarrollen como así también para la presen-
tación de sus declaraciones juradas.
QUE atento a lo expresado es necesario adaptar conforme al nuevo régi-
men de tributación y los códigos de actividades de acuerdo al nuevo no-
menclador NAES, lo que implica en consecuencia modicar la Resolución
Normativa Nº 1/2017 y modicatorias.
QUE es competencia del Sr. Secretario de Ingresos Públicos ejercer la
Superintendencia General sobre la Dirección General de Rentas y por vía
de avocamiento las funciones establecidas para la misma.
POR TODO ELLO, atento las facultades acordadas por los Artículos 17 y
19 del Código Tributario Provincial -Ley Nº 6006, T.O. 2015 y sus modica-
torias;
EL SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
EN SU CARÁCTER DE SUPERINTENDENTE
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Y POR AVOCAMIENTO
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR la Resolución Normativa N° 1/2017 y sus
modicatorias, publicada en el Boletín Ocial de fecha 24-07-2017 de la
siguiente manera:
I – SUSTITUIR en los Artículos 30, 74, 78, 82, 143, 143(1), 178, 416, 421 (y
en su título), 475, 477; y en los Anexos III, IV, lo siguiente:
“DONDE DICE:
“Régimen Especial de Tributación -Impuesto Fijo-”, “Régimen Especial de
Tributación, “Régimen Especial de Tributación del Impuesto sobre los Ingre-
sos Brutos”, “Régimen Especial de Tributación en el Impuesto sobre los In-

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