RESOLUCION Nº 36.997 DEL 15 AGO. 2012

Fecha de disposición22 Agosto 2012
Fecha de publicación22 Agosto 2012
SecciónResoluciones
Miércoles 22 de agosto de 2012 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.464 54
#I4362997I#
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº36.997 DEL 15 AGO. 2012
EXPEDIENTE Nº43.603. Modif‌icación del Punto 24.1 del Reglamento General de la Activi-
dad Aseguradora. Política de Suscripción y Retención de Riesgos.
SINTESIS:
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Reemplazar el punto 24.1 del Reglamento General de la Actividad Asegurado-
ra por el siguiente texto:
“24.1. Toda presentación para la aprobación de planes y elementos técnico-contractuales, con-
forme lo previsto en el punto 23, deberá incluir una nota donde se comunique la política de suscrip-
ción y retención de riesgos que mantendrá la entidad, la cual deberá cumplir con lo dispuesto por el
punto 32.1. del presente Reglamento.
Esta política de suscripción y retención de riesgos debe surgir de los procedimientos previstos
en el punto 1.9.5. del Anexo l de la Resolución Nº31.231.
La nota mencionada deberá contener los siguientes datos:
a) Suma asegurada máxima a suscribir por póliza.
b) Retención Máxima a asumir por riesgo y evento.
c) Política de reaseguro que mantendrá para los montos que surgen entre a) y b)”.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Ocial. — Lic. JUAN A.
BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de la presente resolución puede ser consultada en la Mesa Gene-
ral de Entradas de la Superintendencia de Seguros sita en Julio A. Roca 721, Planta Baja, Capital
Federal. e. 22/08/2012 Nº86677/12 v. 22/08/2012
#F4362997F#
#I4362857I#
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
Resolución Nº1624/2012
Bs. As., 10/8/2012
VISTO el Expediente Nº13.899/2012 relacionado con el Convenio entre la SUBSECRETARIA DE
TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR
Y TRANSPORTE y esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº24.653 instituyó el nuevo régimen al que deberá someterse el transporte auto-
motor de cargas de carácter nacional e internacional en la medida que no se encuentre reglado por
convenios internacionales.
Que el artículo 5º, inc. c) de la citada norma, estableció que la AUTORIDAD DE APLICACION
posee la facultad de delegar y sin resignar competencias; en autoridades provinciales, municipales
u otras nacionales, funciones de administración, de scalización o de comprobación de faltas.
Que el Decreto Nº1035 de fecha 14 de junio de 2002, conforme artículo 2, autorizó a la SECRE-
TARIA DE TRANSPORTE a aprobar un régimen de presentación voluntaria para los operadores de
servicios de transporte de cargas de jurisdicción nacional con relación a las multas aplicadas impa-
gas y a las presuntas infracciones constatadas con anterioridad a la entrada en vigencia del presente
decreto, debiendo adecuarse las imputaciones en trámite y el monto de las sanciones impuestas a
lo establecido en el Capítulo IV del Anexo I del presente decreto.
Que el artículo 28 del Capítulo IV “REGIMEN SANCIONATORIO” del Anexo, de la citada nor-
ma, establece que cuando el transporte de cargas se realice con vehículos cuyo peso máximo y
dimensiones se encuentren excedidos de acuerdo a lo establecido por la normativa vigente, o sin el
permiso que lo habilite para ello, será sancionado conforme lo establecido en la Ley Nº24.449 y su
reglamentación. El dador de la carga será solidariamente responsable.
Que dicha norma, también dispone que la AUTORIDAD DE APLICACION podrá delegar las
funciones de scalización y control del régimen del presente artículo.
Que conforme la normativa vigente, en el año 1998, a través de la Resolución 221 de fecha 13
de julio 1998 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, ésta última delegó en la DIRECCION NACIONAL
DE VIALIDAD, en su carácter de AUTORIDAD COMPETENTE, el otorgamiento de los permisos para
exceder las dimensiones establecidas en el inc. c) del art. 53 de la Ley Nº24.449 y en supuesto
previsto en el art. 57 del referido texto legal.
Que la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARIA DE TRANSPOR-
TE dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, es la AUTORIDAD DE APLICA-
CION del transporte automotor de cargas en jurisdicción nacional e internacional, conforme lo es-
tablecido en el artículo 2º, inc. b) párrafo segundo del Decreto 306 de fecha 2 de marzo de 2010.
Que la COMISION NACIONAL DEL TRANSITO Y LA SEGURIDAD VIAL, órgano desconcentrado
dependiente de SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR del MINISTERIO DEL INTE-
RIOR Y TRANSPORTE, es la AUTORIDAD DE APLICACION, CONTROL Y FISCALIZACION de los
artículos 53, 57 y 58 de la Ley de Tránsito Nº24.449, conforme lo establecido por el artículo 4º del
Decreto 79/98, sustituido por el art. 4º del Decreto 306/10.
Que a efectos de mejorar las condiciones de seguridad de la circulación en la RED VIAL NA-
CIONAL para preservar esa infraestructura, resulta conveniente unicar desde el punto de vista
operativo, las acciones de control de pesos y dimensiones de vehículos de carga que circulan sobre
dicha red.
Que conforme lo establece el art. 42 del Decreto-Ley 505/58, raticado por Ley 14.467, esta
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD establecerá las dimensiones y los límites de carga por eje de
los vehículos que podrán transitar por los caminos de la RED TRONCAL a su cargo y scalizará el
cumplimiento de las normas jadas.
Que esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD tiene presencia operativa desplegada desde
hace muchos años en toda la red vial de jurisdicción nacional, como así también experiencia en el
control de pesos y dimensiones, y una adecuada interrelación administrativa y técnica con los entes
viales provinciales, de vital necesidad para el logro de la eciencia de los controles de que se trata.
Que en fecha 31 de julio de 2012 se suscribió un Convenio entre la SUBSECRETARIA DE
TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR
Y TRANSPORTE, y esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD.
Que esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD ejercerá a través del presente Convenio, las
funciones de administración, de scalización y de comprobación de faltas, en materia de pesos y
dimensiones de vehículos de transporte.
Que el SUBDIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR
Y TRANSPORTE, ha tomado la participación que le compete, por Dictamen Nº2.094/12, obrante a
fojas 82/83.
Que la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR dependiente de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE, ha tornado la intervención de su competencia, a través del Informe del Asesor Legal,
obrante a fojas 78/81.
Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de esta DIRECCION NACIONAL DE VIALI-
DAD, ha tomado intervención que le compete a través de Dictamen Nº46.694/12, obrante a fojas
85/89.
Que la presente medida se dicta uso de las facultades conferidas por la Ley Nº24.449, la Ley
Nº24.653, el Decreto 79/98, el Decreto 1035/02, el Decreto 306/10, y el Decreto Ley Nº505/58,
raticado por Ley 14.467.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DE LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébese el Convenio suscripto en fecha 31 de julio de 2012, obrante a fojas
90/93, entre el Señor Subsecretario, de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de
la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, Don Edgardo
COLOMBINI y el Señor Administrador General de esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, Ing.
Nelson Guillermo PERIOTTI, que como Anexo, forma parte de la presente.
ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. NELSON G. PERIOTTI, Administrador General, Dirección
Nacional de Vialidad.
ANEXO
CONVENIO
Entre la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARIA DE TRANS-
PORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, representada en este acto por el Señor
Subsecretario, D. Edgardo COLOMBINI y la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, representada por
el Señor Administrador General, Ing. Nelson Guillermo PERIOTTI, acuérdase el presente Convenio:
Que la Ley Nº 24.653 instituyó el nuevo régimen al que deberá someterse el transporte por
automotor de cargas de carácter nacional e internacional en la medida que no se encuentre reglado
por convenios internacionales.
Que el Artículo 5º, inciso c) de la Ley Nº24.653 estableció que la Autoridad de Aplicación de
dicha norma posee la facultad de delegar y sin resignar competencias, en autoridades provinciales,
municipales u otras nacionales, funciones de administración, de scalización o de comprobación
de faltas.
Que la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARIA DE TRANSPOR-
TE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE es la Autoridad de Aplicación del transporte
automotor de cargas de jurisdicción nacional e internacional conforme lo establecido por el Artículo
2º, inciso b) párrafo segundo del Decreto Nº306 de fecha 2 de marzo de 2010.
Que asimismo, en su carácter de órgano a cargo de la Presidencia de la COMISION NACIONAL
DEL TRANSITO Y LA SEGURIDAD VIAL, la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de
la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, es la autoridad
de aplicación, control y scalización de los Artículos 53, 57 y 58 de la Ley de Tránsito Nº24.449, esto
conforme lo establecido por el Artículo 4º del Decreto Nº79 del 22 de enero de 1998, sustituido por
el Artículo 4º del Decreto Nº306/2010.
Que para mejorar las condiciones de seguridad de la circulación en la Red Vial Nacional y para
preservar esa infraestructura resulta conveniente unicar desde el punto de vista operativo, las ac-
ciones de control de pesos y dimensiones de vehículos de carga que circulan sobre dicha red.
Que el Decreto-Ley Nº505 de fecha 16 de enero de 1958, raticado por Ley Nº 14.467, creó
la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD estableciendo claramente la misión y función de este Or-
ganismo. En particular, su artículo 42 determina que la misma establecerá las dimensiones y los
límites de carga por eje de los vehículos que podrán transitar por los caminos de la red a su cargo y
scalizará el cumplimiento de las normas jadas.
Que la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD tiene presencia operativa ya desplegada hace
muchos años en toda la red vial de jurisdicción nacional, como así también una vasta experiencia
en el control de pesos y dimensiones, así como una adecuada interrelación administrativa y técnica
con los entes viales provinciales, de vital necesidad para el logro de la eciencia de los controles de
que se trata. La nombrada Dirección es y ha sido, en materia de pesos y dimensiones de vehículos,

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