Resolución Nº 882/GCABA/MAYEPGC/15
Firmantes | Cenzón |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Ambiente y Espacio Público |
Fecha de la disposición | 22 de Junio de 2015 |
VISTO:
Los Decretos Nros. 155/07, 948/08, 127/14, las Resoluciones Nros. 828-MHGC/14,
1650-MHGC/14, 170-MAYEPGC/15, el Expediente Electrónico N° 14556934-DGRP/14
e incorporados, y
CONSIDERANDO:
Que por los actuados citados en el Visto tramita la presentación efectuada por la firma
AESA ASEO Y ECOLOGIA S.A. - FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y
CONTRATAS S.A. (UTE) mediante la cual solicita el reconocimiento de mayores
costos a los meses de marzo y julio de 2014 del "Servicio Público de Higiene Urbana
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - ZONA 2", en el marco de la Licitación
Pública Nacional e Internacional N° 6/03;
Que, en este contexto, la citada contratista requiere se apruebe Vigésimo Primera
(21°) y Vigésimo Segunda (22°) Redeterminación Definitiva de Precios de los Servicios
Básicos del Contrato conforme lo establecido en el artículo N° 62 del Pliego de Bases
y Condiciones Particulares y la Décimo Octava (18°) y Décimo Novena (19°)
Redeterminación Definitiva de Precios de los Nuevos Servicios Acta Acuerdo de
Readecuación del Servicio Público de Higiene Urbana - Decreto N° 155/07, alegando
la distorsión ocurrida en la estructura real de costos, correspondientes a los períodos
noviembre 2013 - marzo 2014 y marzo 2014 - julio 2014, respectivamente;
Que, es dable resaltar al respecto, que a través del Decreto N° 1390/04 se adjudicó la
zona 1 a la empresa CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A., la zona 2 a la empresa
AESA ASEO Y ECOLOGIA S.A. - FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y
CONTRATAS S.A. (UTE), la zona 3 a la empresa TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y
F. - ASHIRA S.A. (UTE), la zona 4 a la empresa ECOHABITAT S.A. - EMEPA
S.A.(UTE), y la zona 6 a la empresa INDUSTRIAS METALURGICAS PESCARMONA
S.A.C.I. y F. - MARTIN Y MARTIN S.A. (UTE);
Que mediante los Decretos Nros. 152/07, 153/07, 154/07, 155/07 y 189/07, se
aprobaron las readecuaciones del contrato de concesión del Servicio Público de
Higiene Urbana, que se gestara en razón de la Ley N° 1854 de Gestión de Residuos
Sólidos Urbanos, como así también la mayor disposición de residuos, los hábitos de
los ciudadanos que implican un manejo no responsable de los residuos, así como el
alto grado de incumplimiento de las normas previstas para una correcta higiene de la
Ciudad, entre otras cuestiones;
Que en relación a la vigencia del contrato, a través del Decreto N° 77/05, la fecha de
inicio de las prestaciones establecidas en la Licitación Pública Nacional e Internacional
N° 6/03 se estableció a partir del día 20 de febrero de 2005, habiendo sido el contrato
prorrogado sucesivamente por...
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