Decreto N° 1390/04
Firmantes | Ibarra-Epszteyn-Albamonte-Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 4 de Agosto de 2004 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1390/ 04
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE HIGIENE URBANA PARA 5 ZONAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, APRUEBA LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL 6-03 - ZONAS 1 , 2 , 3 , 4 , 6 - APROBACIÓN - ADJUDICACIÓN
Buenos Aires, 04/08/2004
Visto el Expediente N° 54.572/02 y el Decreto N° 1.838/GCBA/03, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente citado en el Visto tramita la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 6/03 para contratar el Servicio Público de Higiene Urbana para cinco (5) zonas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por Decreto N° 1.838/GCBA/03 de fecha 8 de octubre de 2003, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares y se dispuso el llamado a la Licitación citada en el considerando que antecede;
Que, cumplida la instancia de la apertura de los Sobres N° 1 presentados por los oferentes, se dictó la Resolución N° 1.073/SMAYPU/03, de fecha 9 de diciembre de 2003 designándose a las personas que integrarían la Comisión de Preselección y Preadjudicación, conforme lo previsto por los artículos 39 y 40 del Pliego Licitatorio;
Que, con el dictado de la Resolución N° 361/SPTYDS/04, de fecha 18 de mayo de 2004, se declararon como preseleccionadas en la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 6/03, las propuestas pertenecientes a los siguientes oferentes: Aesa Aseo y Ecología S.A. - Fomento de Construcciones y Contratas S.A. UTE; Ecohabitat S.A. - Emepa S.A. UTE; Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A.I.C.y I. - Martín y Martín S.A. UTE; Iecsa S.A. - Qualix Servicos Ambientais Ltda. UTE; Transportes Olivos S.A.C.I.y F. - Dycasa S.A. UTE; Cliba Ingeniería Ambiental S.A.;
Que, la citada Comisión de Preselección y Preadjudicación emitió con fecha 3 de junio de 2004, el informe de Preadjudicación con la evaluación de las ofertas económicas presentadas, haciendo notar que ha resultado acreditada la capacidad técnica, económica y financiera de los oferentes para presentarse en este proceso, por lo cual no resulta razonable preferir unas a otras fuera del aspecto económico de la oferta, dejando constancia que la Ciudad se ha reservado el derecho a que la preadjudicación recaiga en las ofertas cuya combinación resulte la más conveniente para ella;
Que, dicho informe ha sido notificado a las empresas...
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