Resolución Nº 86/GCABA/ISSP/15
Firmantes | Langhe |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Instituto Superior de la Seguridad Pública |
Fecha de la disposición | 17 de Abril de 2015 |
VISTO:
Las Leyes N° 2.894 y N° 2.895, el Decreto N° 316/10, las Resoluciones N° 14/ISSP/13,
N° 29/ISSP/15 y N° 31/ISSP/15, el Convenio Marco N° 15167, el Convenio Específico
N° 1, la Nota N° 6416494/SAISSP/15, el
Expediente Electrónico N°
3969320/MGEYA/SGISSP/15, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.894 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del
Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
encomendando al Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y
Seguridad, la conducción política e institucional de dicho Sistema, crea a la Policía
Metropolitana y al Instituto Superior de Seguridad Pública;
Que este Instituto, tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar
funcionalmente, al personal de la citada Fuerza de Seguridad;
Que el Artículo 40 de la Ley N° 2.894, dispone que el ingreso a la Policía Metropolitana
se produce previa aprobación de la capacitación para la seguridad pública y de los
exámenes que al efecto se establezcan en las normas reglamentarias en el Instituto
Superior de Seguridad Pública, y asimismo agrega que los/as estudiantes no tendrán
estado policial durante su formación inicial y serán becarios/as según el régimen que
se establezca al respecto;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública, se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública a través de
la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados y la
producción de conocimientos científicos y técnicos sobre la seguridad;
Que la Ley N° 2.895 establece los principios básicos para la capacitación, formación e
investigación científica y técnica en materia de seguridad pública y la formación y
capacitación del personal policial;
Que la mentada ley, dispone que la formación inicial para los candidatos a oficial de la
Policía Metropolitana debe estar articulada en función a núcleos que se constituyen
como pautas de formación de la estructura pedagógica y curricular;
Que a través del Decreto N° 316/10, se dispuso que el Rector y las Coordinaciones de
Formación Académica y de Formación y Especialización en Seguridad Pública, con las
respectivas Direcciones Operativas que de estas dependen, incluido el personal de
capacitación, quedarán exceptuados de la...
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