Resolución Nº 86/GCABA/MMGC/15
Firmantes | Ibarra |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Modernización |
Fecha de la disposición | 9 de Febrero de 2015 |
VISTO:
La Ley N° 4013, los Decretos Nros. 684/2009, 335/2011, 571/2011, 660/2011 y sus
modificatorios, y el E.E. N° 686918/2015 (DGTALMOD), y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 684/2009, se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que sería de aplicación en los
organismos del Poder Ejecutivo;
Que posteriormente por Decreto N° 335/2011, se modifica el artículo 3, del Decreto N°
684/2009, el cual especifica que los cargos Gerenciales se dividirán en dos niveles
que se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les
corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras
organizativas de este Gobierno;
Que oportunamente por el artículo 4 del Decreto 571/2011, se autorizó al Secretario de
Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su
duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y
abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos;
Que por la Ley N° 4013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 660/2011 y modificatorios, fue aprobada la estructura organizativa,
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo
los cargos para los niveles de Gerentes y Subgerentes, entre otros, del Ministerio de
Modernización;
Que según surge de los presentes actuados, la Subsecretaría de Ciudad Inteligente,
del precitado Ministerio propicia a partir del 16 de diciembre de 2014, la cobertura de
los cargos en cuestión, en forma transitoria, de varios agentes, hasta tanto se realice
la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del citado Ministerio, ha
verificado la no existencia de incompatibilidad del personal propuesto para la cobertura
de los cargos en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N°
471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas
situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a las
mismas.
Por ello,
EL MINISTRO DE MODERNIZACION
RESUELVE
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