Resolución Nº 712/GCABA/SSTRANS/14
Firmantes | Dietrich |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Transporte |
Fecha de la disposición | 13 de Noviembre de 2014 |
VISTO:
La Ordenanza N° 47.561, los Decretos N° 1510/97, N° 167/98, N° 498/08 y N°
660/2011 y el Expediente N° 4864115-MGEYA-DGTRANSP-2014, y
CONSIDERANDO:
Que el Servicio de Alquiler de Automóviles Particulares con Conductor-Remises, se
encuentra regulado por la Ordenanza N° 47.561 y el Decreto N° 167/98;
Que, de conformidad con la normativa que regula la materia, la Agencia de Remises
denominada PREMIUM TRANSFER cuyo titular es Martin Gladys Miriam, fue inscripta,
oportunamente, en el REGISTRO ÚNICO DE REMISES (RUREM), bajo la Matrícula
N° 1591;
Que la habilitación de la agencia de remises se encuentra vencida;
Que por el Expediente 48641151-MGEYA-DGTRANSP-2014 se intimó, en fecha 15 de
Mayo de 2014, a la Agencia señalada, en los términos del artículo 61 del Decreto N°
1510/97, a regularizar la situación de los vehículos de la misma, conforme lo previsto
en el artículo 10 del Decreto N° 167/1998, el cual establece: "Las agencias de remises
al iniciar su actividad deberán habilitar como mínimo cinco (5) vehículos para la
prestación del servicio en el término de treinta (30) días corridos computados a partir
de la registración provisoria". Ello, bajo apercibimiento de proceder a la baja de la
habilitación un vez trascurrido el plazo;
Que a pesar de encontrarse debidamente notificada, dicha agencia no procedió a
regularizar su situación;
Que la habilitación concedida a la Agencia, para funcionar como tal, es provisoria,
conforme la normativa vigente, encontrándose la misma sujeta al cumplimiento del
mentado artículo 10 del Decreto N° 167/1998;
Que de conformidad con lo previsto en el inciso d) del Artículo de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se dio
intervención a la Procuración General;
Que mediante IF 2014-14736765-DGAINST, la misma dictaminó que resulta
procedente dictar la resolución que disponga la baja de la habilitación de la Agencia
PREMIUM TRANSFER, Matrícula N° 1591, toda vez que no procedió a dar
cumplimiento con la intimación cursada en el plazo otorgado.
Por ello, en función de las facultades conferidas por los...
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