Resolución Nº 48/GCABA/ENTUR/16

FirmantesAlem
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Ente de Turismo Ley 2627
Fecha de la disposición 1 de Marzo de 2016

VISTO:

Las Leyes N° 2.627 y su modificatoria N° 4.685, y 5.460, los Decretos Nros. 67/10,

501/12 y 363/15, las Resoluciones N° 51-MHGC/10, 30-ENTUR/14, 66-ENTUR/14,

133-ENTUR/14, 23-ENTUR/15, 74-MHGC/16, 20-ENTUR/16, 38-ENTUR/16; la

Disposición N° 9-DGCG/10 y su modificatoria N° 183- DGCG/13, y el Expediente N°

5.634.158-ENTUR/2016; y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 2.627 y modificatoria N° 4.685 se creó el Ente de Turismo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de

Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Ley N° 5.460 se aprobó la nueva Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose la creación del Ministerio de

Modernización, Innovación y Tecnología;

Que mediante Decreto N° 363/15 se aprobó la nueva estructura orgánico funcional del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que prevé que

el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentre bajo la

órbita del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología;

Que la Ley N° 70 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del

Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y

funcionamiento de sus órganos;

Que el Decreto N° 501/12 aprueba el régimen de asignación de gastos de movilidad,

procedimiento administrativo electrónico para trámites de solicitud, rendición y

devolución de gastos de movilidad;

Que por Decreto N° 67/10 se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a

reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dicha norma establece en el artículo 8 de su Anexo I que es facultad de los

titulares de los Ministerios, Secretarías y Organismos Descentralizados asignar Cajas

Chicas Especiales a sus Dependencias;

Que asimismo el artículo 12 del citado Anexo establece: "Los responsables de la

administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la

jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del

Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente...";Que

mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del...

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