Resolución Nº 381/GCABA/APRA/16
Firmantes | Filgueira Risso |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia de protección ambiental |
Fecha de la disposición | 27 de Septiembre de 2016 |
VISTO:
Las Leyes N° 2.506, N° 1.687 y N° 2.628 (Texto consolidado por Ley N° 5.454), los
Decretos N° 887/2007, N° 834/2008 y N° 37/2016, la Resoluciones N°
120/APRA/2014, 249/APRA/2016 y 415/APRA/2014 y el Expediente N° EX-2016-
17772147- -MGEYA-DGEAMB,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 1.687 incorporó la educación ambiental al sistema educativo formal y no
formal, así como mediante modos alternativos de comunicación y educación,
garantizando la promoción de la misma en todas las modalidades y niveles en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco de la entonces Secretaría de Educación, en conjunto con la entonces
Subsecretaría de Medio Ambiente, se crea el Comité Coordinador de Asuntos
Educativos Ambientales, el cual funciona como Autoridad de Aplicación de la ley ut
supra referida;
Que, por su parte, el Decreto N° 887/2007 reglamentario de la Ley N° 1.687,
estableció en su artículo 5° que el referido Comité funcionaría como organismo fuera
de nivel de la Unidad de Formación e Información Ambiental del entonces Ministerio
de Medio Ambiente;
Que, asimismo el Decreto N° 887/07 estableció que el Comité estaría integrado por
tres representantes del Ministerio de Educación y tres representantes del entonces
Ministerio de Medio Ambiente, hoy Agencia de Protección Ambiental del Gobierno de
la Ciudad, debiendo ser designados a tales efectos un funcionario y dos técnicos
expertos en formación ambiental por cada ministerio para integrarlo;
Que a su vez estableció que la representación del Ministerio de Medio Ambiente
estará a cargo de la Unidad de Formación e Información Ambiental o del organismo
que en el futuro lo reemplace;
Que por medio de Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental como
entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual tiene como objeto la protección de la
calidad ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las
acciones necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que mediante dicha ley se transfirieron a la Agencia de Protección Ambiental las
misiones y funciones asignadas oportunamente a la Subsecretaría de Política y
Gestión Ambiental, a...
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