Resolución N 278/GCABA/MJYSGC/12

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición25 de Abril de 2012

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESOLUCIÓN N 278/GCABA/MJYSGC/12SE DENIEGA REINCORPORACION A LA POLICIA METROPOLITANA

Buenos Aires, 25 de abril de 2012

RESOLUCIÓN N.° 278/MJYSGC/12

Buenos Aires, 25 de abril de 2012

VISTO:

Las Leyes Nros. 2.894 de Seguridad Publica N° 2.947 del Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana, las Resoluciones N° 313/MJYSGC/11 y N° 692/MJYSGC/11 y el Expediente N° 58596/12, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 313/MJYSGC/11, fue designado el Sr. Emanuel Maximiliano LUNA (DNI N° 27.134.933) en la Policía Metropolitana con el grado de Subinspector, a partir del 27 de Mayo de 2011;

Que mediante Resolución N° 692/MJYSGC/11, se aceptó la baja voluntaria requerida por el causante, al cargo de Subinspector en la Policía Metropolitana con fecha 16 de agosto de 2011;

Que en las presentes actuaciones, el Sr. Emanuel Maximiliano LUNA, solicitó su reintegro a las filas de la Policía Metropolitana, según lo normado en el art. 48 de la Ley N° 2947;

Que el Artículo 48 de la Ley N° 2947 reza: "La baja voluntaria es el derecho del personal a concluir la relación de empleo con la Policía Metropolitana a solicitud del/la interesado/a, pudiendo solicitar su reingreso a la Institución, con igual grado y antigüedad, hasta tanto no hubieren transcurrido dos (2) años de hecha efectiva dicha baja;

Que dicha disposición sólo faculta a quien ha obtenido la baja voluntaria a solicitar su reincorporación, sin embargo se entiende que subsiste la facultad de la Administración a evaluar la misma a la luz de su oportunidad, mérito o conveniencia;

Que por lo expuesto mediante la Providencia N° 364648/DGARHPM/12 se requirió al titular de la Comisaría Comunal 4, que se expida sobre los antecedentes y el desempeño profesional del Sr. Emanuel Maximiliano Luna;

Que en razón de ello, se elaboró el informe requerido que luce a fs. 12/17, en el cual consta que el interesado no ha demostrado tener las condiciones necesarias para ser un buen elemento para la Institución, ya que desde que se efectivizó su pase a la Comuna 4, el día 30 de junio de 2011 hasta el día de su baja en la Policía Metropolitana, nunca prestó servicios, demostrando falencias en su proceder, tanto para mantener informada correctamente a la superioridad de su situación...

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