Resolución Nº 107/2011

Fecha de disposición29 Diciembre 2011
Fecha de publicación09 Enero 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 29/12/2011

VISTO el Expediente S04:0052199/2011 del registro de este Ministerio y los Decretos Nros. 1545 del 31 de agosto de 1994, sus modificatorios y complementarios, 1755 del 23 de octubre de 2008 y sus modificatorios y 1486 del 23 de setiembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1486/11 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que por la citada norma se aprobó, entre otras, la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de este Ministerio.

Que de acuerdo con lo prescripto por el artículo 2º del mencionado Decreto mantienen su vigencia las aperturas de segundo nivel operativo de esta Jurisdicción, aprobadas por el Decreto Nº 1755/08 y sus modificatorios.

Que corresponde establecer las aperturas estructurales inferiores a las dispuestas por la norma citada precedentemente.

Que se han tenido en cuenta, para la elaboración de la propuesta, los lineamientos fijados por el Decreto Nº 1545/94, sus normas complementarias y modificatorias, como así también la Resolución Nº 422 del 13 de septiembre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que ha tomado la intervención que le compete la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas al suscripto por el artículo 17 del Decreto Nº 1545/94 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO

DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Apruébanse las aperturas estructurales inferiores correspondientes a los niveles de Departamento y División de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de este Ministerio, de conformidad con el organigrama, acciones y dotación, que como ANEXOS I, II y III respectivamente, forman parte integrante de esta resolución.

ARTICULO 2º

— Derógase la Resolución ex M.J. Nº 38 del 14 de enero de 1998.

ARTICULO 3º

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JULIO C. ALAK, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

ANEXO I

ANEXO II

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

DEPARTAMENTO DE TESORERIA

ACCIONES:

  1. Administrar el movimiento, custodia y manejo de los fondos y valores.

  2. Efectuar la programación financiera del Servicio Administrativo.

  3. Ejecutar el Sistema de Cuenta Unica del Tesoro en el ámbito del Servicio Administrativo Financiero.

  4. Coordinar las actividades con la TESORERIA GENERAL DE LA NACION para el pago de las órdenes de pago emitidas.

  5. Registrar la totalidad de las transacciones financieras del Servicio Administrativo.

  6. Efectuar el pago de las retenciones impositivas y legales, por pagos a proveedores y al personal.

  7. Efectuar la intervención previa de los ingresos y coordinar la gestoría ante las instituciones bancarias y otros organismos.

  8. Administrar los montos asignados para Caja Chica y Fondo Rotatorio y gestionar su reposición.

  9. Controlar y registrar las altas y bajas de los documentos en garantía de licitaciones.

  10. Intervenir en los arqueos de fondos y valores que realice el Departamento Contabilidad.

  11. Intervenir en la compra, rendición y venta de moneda extranjera.

    SUBSECRETARIA DE COORDINACION

    DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

    DIRECCION DE PROGRAMACION Y CONTROL PRESUPUESTARIO

    DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO

    ACCIONES:

  12. Diseñar y proponer el plan de acciones para la elaboración del anteproyecto de presupuesto a efectos de dar cumplimiento, en tiempo y forma, al cronograma elaborado por la Secretaría de Hacienda.

  13. Asistir a las autoridades y/o responsables presupuestarios de las dependencias en las tareas pertinentes para la elaboración del anteproyecto de presupuesto y efectuar las capacitaciones en materia presupuestaria requeridas por estos.

  14. Elaborar el anteproyecto de presupuesto de acuerdo a los requerimientos enviados por las dependencias que componen el S.A.F.

  15. Coordinar y elaborar la programación física y financiera del presupuesto del SAF, suministrando a las unidades responsables de programas y categorías equivalentes, la información adecuada para la formulación del programa de ejecución presupuestaria y analizar la...

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