Resolución N° 48/GCABA/SSJUS/06

FirmantesLuchinsky
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorSubsecretaría de Justicia
Fecha de la disposición15 de Septiembre de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA

RESOLUCIÓN N° 48/ GCABA/ SSJUS/ 06

DESIGNACIÓN DE TITULAR PARA REGISTRO NOTARIAL - ESCRIBANO PABLO RIVERA DNI 23696254 - MATRÍCULA N° 4922 - REGISTRO NOTARIAL N° 1603

Buenos Aires, 15/09/2006

Visto la Ley Orgánica Notarial N° 404 (B.O.C.B.A. N° 990), los Decretos Nros. 1.624/00 (B.O.C.B.A. N° 1034), 328/06 que promulgó la Ley N° 1.925 (B.O.C.B.A. N° 2407), 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416) y 502/06 (B.O.C.B.A. N° 2450), y el Expediente N° 35.114/06, y

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación citada en el visto, el escribano César Aníbal Cosentino, titular del Registro Notarial N° 1.603, solicita se designe como adscripto a dicho registro al escribano Pablo Rivera;

Que se encuentra acreditado que el escribano titular tiene una antigüedad en tal carácter en esta ciudad no inferior a cinco años contados desde la primera escritura protocolizada, y ha obtenido resultado favorable en la Inspección Extraordinaria de Protocolo comprensiva de todos los aspectos del ejercicio de su función notarial, conforme lo exige el artículo 46, incisos a) y b) de la Ley N° 404;

Que, el escribano Pablo Rivera ha obtenido un puntaje de nueve (9) puntos en la prueba escrita y de cinco (5) puntos en la evaluación oral, de la evaluación de idoneidad para acceder a la adscripción de registros notariales, cumpliendo, por ende, con lo dispuesto en el artículo 46 inciso c) de la ley citada;

Que, se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial;

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha emitido dictamen considerando que se ha respetado el procedimiento previsto para el caso, y que no se han encontrado objeciones para formular;

Que, la Dirección General de Justicia y Registros ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución;

Que, la Ley N° 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha ley;

Que, mediante los Decretos Nros. 328/06 y 350/06 se aprobó la Ley de Ministerios y se aprobó la Estructura Organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se dispuso: Comprende...

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