Resolución N 429/GCABA/SSPLAN/10

FirmantesLostri
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Planeamiento
Fecha de la disposición14 de Septiembre de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO

RESOLUCIÓN N 429/GCABA/SSPLAN/10 INCORPORAN AL CATÁLOGO DE INMUEBLES PATRIMONIALES CON CARÁCTER PREVENTIVO A INMUEBLES SITOS CALLES VIAMONTE 2262-66 -ESTADOS UNIDOS 731 - PARAGUAY 4031 - DEAN FUNES 640- 54 - 786 -722 - MEXICO 2890 -2856 - 2860 - 2868 - 2884 - 2852 - 2832 - NIVEL CAUTELAR - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO

Buenos Aires, 14 de septiembre de 2010

RESOLUCIÓN N° 429-SSPLAN/10

Buenos Aires, 14 de septiembre de 2010

VISTO: La Carpeta N° 1020106-DGIUR-2010, y

CONSIDERANDO

Que por la mencionada nota se solicita la incorporación al catálogo preventivo de los inmuebles que se listan a continuación en razón de sus valores arquitectónicos y urbanísticos-ambientales:

Ver imagen 1

Que el proyecto de catalogación surge de dar cumplimiento a lo normado por la Ley N° 3056 MODIFICATORIA LEY 2.548;

Que el mencionado pedido de Catalogación fue puesto a consideración del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales acordando el mismo en su protección mediante Nota S/N° CAAP-2010 del día 17 de agosto de 2010;

Que el Código de Planeamiento Urbano establece en el Artículo 10.1.2 “Obligación de Proteger” que “La salvaguarda y puesta en valor de los lugares, edificios u objetos considerados por estas normas de valor histórico, arquitectónico, simbólico o ambiental obliga a todos los habitantes a ordenar sus conductas en función de sus protección, como así también de aquellos elementos contextuales que contribuyen a su valoración. Los espacios y bienes sujetos a obligación de proteger serán declarados como tales dentro del catálogo respectivo, elaborado por la Secretaría, y aprobado por el Jefe de Gobierno. (…)”;

Que el Artículo 10.1.6. “Inmuebles que posean para la ciudad valor patrimonial” del citado Código consigna que “La Secretaría elaborará un registro de bienes catalogados en todo el ámbito de la Ciudad conformen o no Áreas de Protección Histórica, a partir de su valoración patrimonial (…)”;

Que este Ministerio, en virtud de las determinaciones de la Ley de Ministerios N° 2506 (...

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