Resolución N 165/GCABA/SSDEP/10

FirmantesIrarrázaval
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Deportes
Fecha de la disposición 1 de Julio de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE DEPORTES

RESOLUCIÓN N 165/GCABA/SSDEP/10SE DESESTIMA POR IMPROCEDENTE RECURSO DE RECONSIDERACIÓN INTERPUESTO POR LA UNIÓN GENERAL ARMENIA DE CULTURA FÍSICA.

Buenos Aires, 01 de julio de 2010

RESOLUCIÓN N.° 165/SSDEP/10.

Buenos Aires, 1 de julio de 2010

VISTO:

la Ley N° 2506, Ley N° 2075/07, Ley N° 1624/04, Decreto Reglamentario N° 1416/07, Ley 1807/05, Decreto N° 1.377/07, Resolución N° 48-SSDEP-08, el Expte. N° 24777/2009, el Registro 525346/SSDEP/2010, el Registro 547119/SSDEP/2010, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente N° 24777/2009 el Club Unión General Armenia de Cultura Física, solicitó subsidio para realizar obras de infraestructura, el cual le fue concedido por Resolución 338-SSDEP-2007 de fecha 29 de noviembre de 2007, y lo recibió por un monto de pesos diez mil ($10.000.-);

Que, la Ley 1.807 en su artículo 28 prescribe que los Clubes de Barrio deben rendir cuenta documentada de la utilización del subsidio dentro de un plazo máximo de ciento ochenta días (180) y la Resolución N° 48-SSDEP/08, en su artículo 4 ha reglamentado el Procedimiento de Rendición de Cuentas;

Que a fs. 2 y 33 constan cédulas intimando al club a presentarse a rendir cuentas y acompañar la documentación respaldatoria bajo apercibimiento de aplicar las sanciones legales, notificadas en fechas 11 de junio de 2008 y 10 de septiembre de 2009;

Que la mencionada institución no realizó en tiempo y forma la rendición del subsidio recibido ni presentó documentación respaldatoria alguna de las obras realizadas;

Que mediante Resolución N° 193/SSDEP/2009 del 27 octubre de 2009, obrante a fojas 35, la cual se encuentra firme, se tiene por no cumplida la rendición de cuentas y se revoca el subsidio otorgado, y por resolución N° 68/SSDEP/2010 del 15 de abril de 2010, obrante a fojas 40, se sanciona al club con la exclusión del Registro Único de Instituciones Deportivas (RUID) y formula cargo a efecto de la devolución del subsidio;

Que mediante el Registro 525346/SSDEP/2010 el Sr. Pedro Enrique Aghazarian en carácter de gestor de negocios de la Unión General Armenia de Cultura Física interpone en fecha 21 de mayo de 2010, recurso de reconsideración de la resolución N° 68/SSDEP/2010 acreditando documental que sustenta la imputación de gastos del subsidio, solicitando se tenga por cumplida la obligación de rendición de cuentas y que se mantenga a la institución dentro del R.U.I.D, siendo...

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