Resolución Nº 197/GCABA/ISSP.../16
Firmantes | De Langhe |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PÚBLICA<br/>F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS |
Fecha de la disposición | 16 de Septiembre de 2016 |
VISTO:
Las Leyes N° 2.894 y N° 2.895, las Resoluciones N° 12/ISSP/12, N° 14/ISSP/13, las
Notas N° 19716011/SAISSP/16 y N° 19797997/SAISSP/16, el Expediente Electrónico
N° 19481460/MGEYA/SGISSP/16, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.894, establece las bases jurídicas e institucionales del Sistema de
Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y encomienda al Gobierno
de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e
institucional de dicho Sistema, crea a la Policía Metropolitana y al Instituto Superior de
Seguridad Pública;
Que, por su parte, la Ley N° 2895 dispone el marco jurídico e institucional del Instituto
Superior de Seguridad Pública, definiendo sus objetivos y constituyéndolo como una
instancia de apoyo de laconducción política del Sistema supra referenciado, a través
de la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados y la
producción de conocimientos científicos y técnicos sobre la seguridad;
Que el Estatuto de este Instituto, aprobado por la Resolución N° 14/ISSP/13, fija entre
sus objetivos, el impartir la formación continua mediante carreras, cursos y actividades
relacionadas, prestar servicios y apoyo científico y técnico al Estado y a la comunidad
en general, en temas de su competencia para su desarrollo y transformación, así como
propender en forma efectiva al intercambio y colaboración mediante actividades
relacionadas con su área específica de estudio y todo tipo de formación académica
que fortalezca la labor del Instituto Superior de Seguridad Pública;
Que conforme el referido Estatuto, esta casa de estudios podrá extender sus
actividades académicas a nuevas áreas inherentes al quehacer de la seguridad en
general o vinculadas con las competencias que le sean otorgadas, asimismo, podrá
prestar servicios de carácter formativo u otras actividades de índole, similar, a
organismos y empresas públicas o privadas, y desarrollar actividades de extensión con
el objeto de promover la interacción con el medio en el cual está inserto, aportando
crecimiento social en el área de la seguridad (Conf. Arts. 10, 11 y 12, Anexo I,
Resolución 14/ISSP/13);
Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 9 del citado cuerpo normativo, el Instituto
Superior de Seguridad Pública habilitará a...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba