Resolución Nº 162/GCABA/ASINF/17
Firmantes | Dougall |
Emisor | AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN |
VISTO:
las Leyes Nros. 2.689, 5.460, 269 (Texto Consolidado por Ley N° 5666), el Decreto N°
224/GCABA/13, las Resoluciones Conjuntas Nros.
11/MHGC/MMGC/MJGGC/SECLYT/13,
10/MMGC/MHGC/MJGGC/SECLYT/14, y
2/MHGC/MMGC/MJGGC/SECLYT/15, Resolución N° 2720/MHGC/16, los expedientes
electrónicos que se detallan en el Anexo I registrado en SADE como IF-20481359-
DGTALINF que forma parte integrante de la presente norma, el Expediente Electrónico
N° 19245327-MGEYA-ASINF-2.017, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente indicado en el visto tramitan las contrataciones de diversas
personas bajo la figura de Locación de Obra en el modo, forma y período que se
detalla en el Anexo I registrado en SADE como IF-2017-20481359-DGTALINF que
forma parte integrante de la presente;
Que mediante Ley N° 2.689 (Texto Consolidado por Ley N° 5666), se creó la Agencia
de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(ASI), como entidad autárquica en el orden administrativo, funcional y financiero;
Que en este sentido en el artículo 10° de la Ley 2.689, establece las funciones y
facultades del Director Ejecutivo de la Agencia de Sistemas de Información, entre
ellas, "Inc. a) Organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia,
respecto a su estructura orgánico-funcional, así como los aspectos organizativos,
operativos y de administración";
Que, por su parte, la actual Ley de Ministerios N° 5.460 (Texto Consolidado por Ley N°
5666) establece que la Agencia de Sistemas de Información se encuentra bajo la
órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, asimismo ésta además se encarga de supervisar su funcionamiento,
en un todo conforme con dicha Ley, y su Decreto Complementario N° 363/GCABA/15
y sus modificatorios;
Que por Decreto N° 224/GCABA/13 se faculta a funcionarios del Poder Ejecutivo para
contratar personas bajo la modalidad de locación de servicios un monto máximo de
pesos veinte mil ($ 20.000.-) en el ámbito de este Gobierno;
Que asimismo se estableció que la contratación, modificación, ejecución y extinción de
los contratos bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios deberá tramitar
utilizando el Módulo "Loys" del...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba