Resolución N° 1146 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 27 de Noviembre de 2017 |
Emisor | Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo |
VIERNES 3 DE NOVIEMBRE DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXXV - Nº 215
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
.
SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DE
EMPLEO
Resolución N° 1146
Córdoba, 31 octubre de 2017
VISTO: El Decreto Nº 1496/2016 de creación del PROGRAMA “Por Mí”, que
procura la inserción laboral de las mujeres, en el marco de su inclusión
social, y las Resoluciones N° 863/16 y N° 1074/16 de la Secretaría de Equi-
dad y Promoción del Empleo;
Y CONSIDERANDO:
Que son beneciarias de este programa las mujeres desempleadas,
que tengan 25 años cumplidos al momento de iniciar la práctica laboral,
hasta la edad de jubilación o percepción de la Pensión Universal para Adul-
tos Mayores y las mujeres madres menores de 25 años con hijos a cargo.
Que el Decreto Nº 1496/16 designa como autoridad de aplicación del
PROGRAMA Por Mí a la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo
de la Provincia de Córdoba quien tendrá las siguientes facultades:
a) Dictar las normas interpretativas, aclaratorias, complementarias y ex-
cepciones que fueren menester para la aplicación, del Programa PorMí.
b) Establecer cupos y modalidades especiales para beneciarias prove-
nientes de sectores socio-productivos de mayor vulnerabilidad.
Que es necesario reglamentar y precisar los requisitos y condiciones
que deberán cumplimentar las participantes para acceder a la asignación
estímulo previsto en el Programas Por Mí Edición 2018, así como el cro-
nograma, pasos administrativos a cumplir en el período de inscripción,
revisión de la documentación y realización del sorteo para determinar las
beneciarias.
Por todo ello, y en el marco de las competencias y facultades previstas
en el artículo 39 del Decreto N° 1791/2015 raticado por Ley N° 10337 y el
Decreto Nº 38/2016;
LA SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
RESUELVE:
Artículo 1º.- DISPÓNESE la ejecución del “PROGRAMA POR Mí” -
Edición 2018 - para un cupo de trece mil (13.000) beneciarias, durante el
período 01 de enero de 2018 al 31 de Diciembre de 2018, de conformidad a
las condiciones y requisitos que se establecen en el presente instrumento
legal y demás disposiciones complementarias.
Artículo 2º.- APRUÉBANSE los requisitos, condiciones, pasos admi-
nistrativos y cronogramas que deberán cumplimentar las postulantes y las
Empresas y Empleadores Privados para acceder al Programa Por Mí, que
se detallan en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente
Resolución.
SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCION DE EMPLEO
Resolución N° 1146 ............................................................... Pag. 1
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Resolución N° 59 ................................................................... Pag. 2
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICO
Resolución N° 44 ................................................................... Pag. 3
MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCION GRAL DE EDUCACION ESPECIAL Y HOSPITALARIA
Resolución N° 142 ................................................................. Pag. 4
MINISTERIO DE EDUCACION
Lista Orden de Merito ............................................................Pag. 4
Lista Orden de Merito ............................................................Pag. 5
Lista Orden de Merito ............................................................Pag. 5
CAJA DE JUBILACIONES, PENSIONES Y RETIROS DE CORDOBA
Resolución N° 1 “E“ ............................................................... Pag. 6
Artículo 3º.- INCORPÓRASE al Programa Por Mí a las mujeres ma-
dres menores de 25 años con hijos a cargo, que se encuentren bajo la
línea de pobreza, de indigencia o envíen sus hijos a las Salas Cuna asis-
tidas por esta Secretaría. Las postulantes y las Empresas o Empleadores
privados deberán cumplimentar todos los demás requisitos que el Progra-
ma establece.
Artículo 4º.- DISPÓNESE que las beneciarias del Programa que se
incorporaron a partir del 1° de agosto del 2017, podrán continuar su prácti-
ca laboral hasta el 31/12/2018, percibiendo la asignación estímulo de tres
mil quinientos pesos ($3.500), previa conformidad de la empresa o em-
pleador privado de realizar el aporte correspondiente conforme los valores
jados en el Anexo Único.
Artículo 5º.- FACÚLTASE a la Secretaría de Promoción del Empleo y a
la Dirección General de Administración a realizar las acciones operativas y
administrativas que sean menester para la ejecución de los procedimientos
indicados en el citado Anexo.
Artículo 6º.- AUTORÍZASE a la Secretaría de Promoción del Empleo a
realizar las consultas que fueren menester en el Sistema de Identicación
Nacional Tributario y Social (SINTyS) y otros organismos Nacionales, Pro-
vinciales y Municipales, a los nes de vericar:
a) Los ingresos monetarios del grupo familiar conviviente de las
postulantes, incluyendo la Asignación Universal por Hijo, pensiones
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