Resolución N° 10-MJGGC/17

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros - Ministerio de Hacienda
Fecha de la disposición 5 de Enero de 2018

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 10/MJGGC/17

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2017

VISTO:

Las Leyes Nros 3.060 y 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos Nros 363/15 y sus modificatorios y 446/17 y su rectificatorio N° 452/17, y el Expediente Electrónico N° 29411117-MGEYA-DGDSCIV/17 y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley Nº 5.460, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre ellos al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a Autopistas Urbanas S.A. como organismo fuera de Nivel en la órbita del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte;

Que Autopistas Urbanas S.A. es una sociedad anónima, cuyo accionista principal es el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que por medio de la Ley N° 3.060, se otorgó a Autopistas Urbanas S.A. la concesión de obra pública de la Red de Autopistas, Vías Interconectadas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Puentes de conexión física con la Provincia de Buenos Aires;

Que la concesión resulta ser a título oneroso y tiene por objeto la administración, reparación, ampliación, conservación, mantenimiento de la red existente, como así también la ejecución de obras viales aprobadas por la autoridad de aplicación;

Que el artículo 5° del Decreto N° 446/17 estableció un tope para los honorarios correspondientes a los Directores y Síndicos de las Sociedades del Estado o Sociedades Anónimas con participación estatal mayoritaria, donde el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sea accionista mayoritario, en un treinta por ciento...

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