Resolucion N° 1.373

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición13 de Mayo de 2009

RESOLUCION N° 1.373

Mendoza, 13 de mayo de 2009

Visto el expediente 1539-H-08-04513 por el cual el Hospital “Carlos F. Saporiti” eleva el Organigrama Institucional, para dar cumplimiento a lo establecido por el Art. 14° de la Ley N° 7557, modificada por Ley N° 7649, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 84/08 emanada del Directorio del Hospital “Carlos F. Saporiti”, se aprobó la rectificación del Organigrama Institucional que refleja la estructura organizativa del nosocomio.

Que la propuesta de la estructura definida a través del organigrama ha sido evaluada por una comisión creada al efecto, cuyo resultado fue favorable, según acta obrante a fs. 22 del expediente de referencia.

Por ello, en razón de lo informado por la Comisión Técnica Asesora de Organigramas, lo aconsejado por la Dirección General de Recursos Humanos, Infraestructura e Insumos, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 14° de la Ley N° 7557 en uso de las facultades conferidas por el Art. 4° del Decreto N° 366/05.

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°

Dejar sin efecto la Resolución N° 1331/07 mediante la que se ratificó la Resolución N° 043/07 emanada de la Dirección Ejecutiva del Hospital “Carlos F. Saporiti” por la que se aprobó el Organigrama Institucional del citado nosocomio.

Artículo 2°

Ratificar la Resolución N° 84/08 emanada del Directorio del Hospital “Carlos F. Saporiti”, mediante la cual se aprueba la rectificación del Organigrama Institucional del Hospital “Carlos F. Saporiti”, cuya representación gráfica de la estructura orgánica funcional, como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3°

Establézcase que los responsables del Hospital “Carlos F. Saporiti” deberán tomar las medidas que resulten necesarias para la elaboración y presentación de los manuales de funciones que acompañarán el Organigrama aprobado por el Art. 1° de la presente resolución.

Artículo 4°

Dispóngase que sobre la base del Organigrama ratificado y aprobado por el Art. 2° de la presente resolución, los responsables del Hospital “Carlos F. Saporiti”, de la Unidad Organizativa, gestionarán las jerarquizaciones dispuestas por la Ley N° 7557 modificada por la Ley N° 7649.

Artículo 5°

Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y archívese.

Aldo Sergio Saracco

Anexo 1

Publicación: por única vez el 06/01/10

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