RESOLUCIÓN N° 0095 TCP

Fecha25 Junio 2018
Número de registro22391
EmisorTRIBUNAL DE CUENTAS

SANTA FE, 14 de junio de 2018

VISTO:

La Resolución N° 0203/17-TCP y su modificatoria, Resolución Nº 0021/18 TCP, que dispone la asignación de competencias jurisdiccionales a los Vocales titulares del Tribunal de Cuentas de la Provincia y la composición de sus Salas; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 201º de la Ley Nº 12510, establece que el Tribunal de Cuentas de la Provincia (TCP), funciona ordinariamente dividido en Salas, integradas cada una por el Presidente TCP y dos Vocales;

Que, el segundo párrafo del citado artículo, determina que las Salas forman quórum con los tres miembros, completándose automáticamente en caso de ausencia o impedimento, con un Vocal de la otra Sala;

Que, la Ley Nº 12510, en su Artículo 4º, estructura la organización institucional del Estado Provincial, definiendo las actividades sujetas al control externo de este Tribunal de Cuentas sobre el Sector Público Provincial No Financiero;

Que, en oportunidad del dictado de la Resolución Nº 024/01-TCP (parte pertinente), se aprobaron las Vocalías Jurisdiccionales que conforman dichas Salas, identificadas con las letras “A” y “B”; disponiéndose que, cada Vocal Jurisdiccional, es el responsable de las decisiones que adopte respecto de los asuntos que competan a cada una de las áreas institucionales que le fueran asignadas;

Que, mediante la citada Resolución Nº 0203/17-TCP y su modificatoria, Resolución Nº 0021/18-TCP, se constituyen las Salas TCP y se atribuyen a las mismas y a sus Vocalías Jurisdiccionales, las Jurisdicciones que comprenden el Sector Público Provincial No Financiero, que devienen de la Ley de Ministerios Nº 13509;

Que, en virtud de que por los Decretos Nºs 4371/17 y 4478/17, se disuelven los establecimientos Servicio para la Atención Médica de Comunidad de Venado Tuerto y Servicio para la Atención Médica de Comunidad de Ceres, y consecuentemente se incorporan al régimen de Descentralización Hospitalaria instituido por Ley Nº 10608, corresponde contemplar la incorporación de los mismos al ámbito de control externo;

Que, además, por Decreto Nº 4379/17 se crea el Centro de Especialidades Médicas Ambulatorias de Santa Fe (CEMAFE) “Héroes de Malvinas”, disponiéndose su incorporación al régimen de Descentralización Hospitalaria instituido por Ley Nº 10608, correspondiendo contemplar su incorporación al ámbito de control externo;

Por ello, atento a lo establecido por el Artículo 201º de la Ley Nº 12510; y, de acuerdo a lo resuelto en Reunión Plenaria de fecha...

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