Resolucion 470/2008 - Mtess

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición19 de Mayo de 2008
ARTICULO 2º

Manténgase con carácter de Inscripción Gremial la franja residual de actuación personal y territorial a la que hace referencia la Resolución M.T. y S.S. Nº 276/88.

ARTICULO 3º

Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo de la presente Resolución en el Boletín Oficial, en la forma indicada por la Resolución de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales Nº 12/01.

ARTICULO 4º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. -- Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución 470/2008

Apruébase la modificación parcial realizada al texto del Estatuto Social del Centro de Empleados de Comercio de Campana, provincia de Buenos Aires.

Bs. As., 12/5/2008

VISTO el Expediente Nº 1.083.552/04 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, su modificatoria por Ley Nº 25.674, Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y CONSIDERANDO:

Que el CENTRO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAMPANA, con domicilio en Dellepiane Nº 863,

Campana, Provincia de BUENOS AIRES, solicita la aprobación de la modificación parcial de su estatuto social respecto a los artículos 15, 59, y 60.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Inscripción Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución Nº 456 de fecha 15 de agosto de 2001 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS, se halla registrada bajo el Nº 2472.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el artículo 7 del Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley Nº 23.551 y Decreto Reglamentario Nº 467/88, no obstante lo cual prevalecerá esta normativa, de pleno derecho, sobre el estatuto en cuanto pudiere oponerse.

Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas en la Ley Nº 25.674 y Decreto Reglamentario Nº 514/03.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7º, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ARTICULO 1º

Apruébase la modificación parcial realizada al texto del Estatuto Social del CENTRO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAMPANA, con domicilio en Dellepiane Nº 863, Campana,

Provincia de BUENOS AIRES, obrante a fojas 3/84 del Expediente Nº 1.222.126/07 agregado a fojas 117 del Expediente Nº 1.083.552/04, respecto a los artículos 15, 59 y 60. Los mencionados artículos pasarán a formar parte del texto del Estatuto que fuera aprobado por Resolución Nº 456 de fecha 15 de agosto de 2001 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION...

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