Resolucion 150/2007 -mep

Fecha de disposición21 Marzo 2007
Fecha de publicación21 Marzo 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31120

en dicho territorio tuvo lugar entre el 1º y el 24 de diciembre de 2006.

Que han tomado debida intervención la Dirección General de Malvinas y Atlántico Sur, la Dirección General de Administración, la Subsecretaría de Política Exterior, la Subsecretaría de Coordinación y Cooperación Internacional y la Secretaría de Relaciones Exteriores del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Autorízase al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a hacerse cargo de los viáticos del Capitán de Navío (RE) D. Carlos NIELSEN ENEMARK (D.N.I. 4.995.405) y del Coronel (RE) D. José Antonio CIMMARUSTI (D.N.I.

11.390.982) en calidad de monitores por la REPUBLICA ARGENTINA de las tareas incluidas en la fase Estudio Principal del Estudio de Factibilidad sobre la remoción de minas terrestres y munición sin explotar en las ISLAS MALVINAS.

Art. 2º

Por la Dirección General de Administración del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO se les liquidarán, a cada uno de ellos, los viáticos correspondientes, teniendo en cuenta que la duración de la misión fue de DOS (2) días en Santiago de Chile - REPUBLICA DE CHILE y de VEINTIDOS (22) días en las ISLAS MALVINAS, con fecha de partida el 1º de diciembre de 2006.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a las partidas pertinentes del presupuesto vigente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,

COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- KIRCHNER. -- Jorge E. Taiana.

COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE Decreto 244/2007

Dase por designado Subgerente de Administración de Servicios de la Gerencia de Administración y Recursos Humanos, de la Planta Permanente del mencionado organismo descentralizado dependiente de la Secretaría de Transporte.

Bs. As., 19/3/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0129360/2004 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el artículo Nº 18 de la Ley Nº 25.725 y el artículo 7º de las Leyes Nros.

25.827, 25.967 y 26.078 del PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para los Ejercicios 2003, 2004, 2005 y 2006, respectivamente, los Decretos Nros. 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996 y 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y el artículo 2º del Decreto Nº 565 de fecha 1º de junio de 2005, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996, se aprobó el primer nivel operativo de la estructura organizativa de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE en ese entonces dependiente de la ex-SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, así como su integración y el estatuto que rige su funcionamiento.

Que por la Decisión Administrativa Nº 514 de fecha 19 de diciembre de 1996, se incorporó a la estructura organizativa aprobada por el Decreto Nº 1388/96, la dotación de su planta permanente y se aprobó su escala salarial.

Que por la Resolución Nº 29 de fecha 24 de enero de 1997 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, en ese entonces organismo descentralizado de la ex-SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE METROPOLITANO Y DE LARGA DISTANCIA de la ex-SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se aprobó la estructura orgánica a partir del segundo nivel de la organización administrativa.

Que el artículo 18 de la Ley Nº 25.725 y el artículo 7º de las Leyes Nros. 25.827, 25.967 y 26.078, establecen que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que el artículo 2º del Decreto Nº 565 de fecha 1º de junio de 2005, expresa que las facultades otorgadas por la Ley Nº 25.967 al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que en el ámbito de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,

INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS se encuentra vacante el cargo de Subgerente de Administración de Servicios de la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y RECURSOS HUMANOS.

Que en virtud de los objetivos y tareas asignadas a la mencionada Comisión, resulta necesario proceder a la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo establecido en el artículo 18 de la Ley Nº 25.725 y el artículo 7º de las Leyes Nros. 25.827, 25.967 y 26.078.

Que el funcionario Contador Eduardo Cesar CASTRO (L.E. Nº 7.691.553), reúne los requisitos de experiencia e idoneidad necesarios para el mencionado cargo.

Que se ha dado cumplimiento a la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente cuenta con crédito disponible en las partidas presupuestarias específicas del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, no constituyendo asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, conforme lo establecido en el artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 18 de la Ley Nº 25.725, el artículo 7º de las Leyes Nros. 25.827, 25.967 y 26.078 y el artículo 11 de la...

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