Resolución Interna Nº 384/08 de 28 de Noviembre de 2008

La Plata, 28 de noviembre de 2008.

VISTO el expediente Nº 2360-65146/08, de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires mediante el cual se propicia la limitación de las funciones interinas de Jefe de Departamento y la designación en un cargo de la Planta Permanente sin estabilidad de la Ley Nº 10.430, a favor de Gustavo Fabián Fortes, y

CONSIDERANDO:

Que el Subdirector Ejecutivo de Gestión del Desarrollo Institucional propone la designación de Gustavo Fabián FORTES en el cargo de Gerente de Seguridad y Servicios como así también la limitación de las funciones interinas como Jefe del Departamento Infraestructura, asignadas oportunamente por Resolución Interna Nº 190/08, a partir del 1º de octubre de 2008;

Que la Ley Nº 13.766 asignó a la Agencia de Recaudación, la atribución de organizar y reglamentar su funcionamiento interno, en los aspectos estructurales, operativos y de administración de personal (artículo 4º de la norma aludida);

Que el artículo 9º, inciso k) de dicho cuerpo legal faculta al Director Ejecutivo a designar y remover el personal jerárquico sin estabilidad;

Que en tal sentido y para dotar a dicha dependencia de la operatividad necesaria en el logro de sus objetivos y acciones asignadas, deviene necesario proceder a la cobertura del cargo de Gerente -con rango y remuneración equivalente a Director-;

Que se ha verificado que el agente Fortes no registra anotaciones en los siguientes organismos públicos: Registro de Antecedentes Penales de la Provincia de Buenos Aires del Ministerio de Seguridad, Registro de Deudores Alimentarios Morosos - Ley Nº 13.704-, del Ministerio de Justicia y de la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires;

Que se ha requerido el certificado correspondiente al Registro Nacional de Reincidencia dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, encontrándose el mismo pendiente de respuesta alguna;

Que del mismo modo, presentó declaraciones juradas en relación a no mantener deudas con el Fisco de la Provincia de Buenos Aires por los siguientes impuestos: Inmobiliario, Automotor, Embarcaciones e Ingresos Brutos, ni haber omitido declarar construcciones y/o mejoras en inmuebles de su propiedad. Ello de acuerdo a lo previsto por el Código Fiscal (Ley Nº 10.397, Texto Ordenado por Resolución Nº 120/04 del Ministerio de Economía y modificatorios) y por la Ley de Catastro Territorial...

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