Resolucion 1106/2008 - Inaes

Fecha de disposición30 Junio 2008
Fecha de publicación30 Junio 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31436

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL Resolución 1106/2008

Establécense pautas para los convenios que celebre el mencionado organismo con cooperativas, mutuales de primer, segundo o tercer grado, órganos locales competentes y personas jurídicas de derecho público y privado en general y cuyo objeto sea la promoción y el desarrollo de la actividad cooperativa y mutual.

Bs. As., 24/6/2008

VISTO, el Expediente Nº 783/08 del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL; y CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 23.427 crea el Fondo para Educación y Promoción Cooperativa, cuya administración compete al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.

Que entre las finalidades del Fondo se encuentran la promoción para la creación y el desarrollo de cooperativas en todos los ciclos del quehacer económico, y el asesoramiento a las cooperativas y a las instituciones públicas y privadas sobre los beneficios que otorga la forma cooperativa de asociarse.

Que el Fondo se integra, entre otros recursos, con aportes que efectúan las cooperativas.

Que a su vez, el artículo 9º de la Ley 20.321 prescribe que lo recaudado por el concepto fijado en la citada norma debe ser destinado por lo menos en un cincuenta por ciento (50%), a la promoción y fomento del mutualismo.

Que las Leyes 19.331 y 20.337 contemplan, entre las funciones que corresponden al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, el gestionar ante organismos públicos de cualquier jurisdicción, las organizaciones representativas del movimiento cooperativo y mutual, y centros de estudio, investigación y difusión, la adopción de medidas y la formulación de planes y programas que sirvan a los fines de las citadas leyes, a cuyo efecto se encuentra facultado a celebrar acuerdos.

Que el Decreto Nº 721/00 prescribe, entre los objetivos del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, el apoyar a través de la asistencia técnica, económica y financiera a las entidades, gestionar ante las entidades representativas del mutualismo y cooperativismo la adopción de medidas y la formulación de programas y planes que sirvan a los objetivos del Instituto, y elaborar políticas, objetivos y acciones atinentes al desarrollo y consolidación de las mutuales y cooperativas.

Que ha sido y es política de este Instituto dar a los sectores involucrados una activa partiPrimera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.436 16Lunes 30 de junio de 2008 cipación en la gestión de los recursos provenientes de los aportes contemplados en las Leyes 20.321 y 23.427, a fin de lograr una mayor eficacia en su asignación y transparencia en el control de los...

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