RESOLUCION GRAL 021/18

Fecha16 Mayo 2018
Número de registro22141
EmisorADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS

SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional

, 11/05/18

VISTO:

El expediente Nº 13301-0286826-0 del registro del Sistema de Información de Expedientes referido a las disposiciones del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias) relativas a trámites vinculados con las inscripciones -altas-, modificaciones y bajas de los vehículos radicados en la Provincia de Santa Fe; y

CONSIDERANDO:

Que se considera radicado en la Provincia de Santa Fe todo vehículo que se guarde habitualmente en su territorio, según lo dispuesto por el Artículo 310 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias), ya sea como consecuencia del domicilio del propietario o responsable, o por el asiento de sus actividades, salvo los casos con permanencia temporaria previstos por el Artículo 327, inc. d);

Que los vehículos a los cuales hace referencia el inciso d) del Artículo 327 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias) son los inscriptos en otros países, cuando el propietario o tenedor haya ingresado en calidad de turista, con radicación especial (técnicos, profesionales, etc.) o permanencia temporaria;

Que la registración de los vehículos objeto del pago de la Patente Única sobre Vehículos debe ser realizada por los Municipios o Comunas, debiendo fiscalizar y/o verificar los datos que permitan definir el valor del vehículo, establecidos por la marca, modelo, tipo, año de origen, accesorios y demás elementos requeridos para una precisa identificación de los mismos, todo según lo dispuesto por el Artículo 315 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);

Que la administración del citado tributo está íntegramente a cargo de las Municipalidades y Comunas conforme a lo previsto en el Artículo 1 de la Ley Nº 12306 (modificado por la Ley Nº 13226 -Artículo 53-);

Que la registración de los trámites vinculados con inscripciones -altas-, modificaciones o bajas en base de datos se realiza a partir de la presentación -con carácter de declaración jurada- del Formulario Único para Trámites de Patentamiento de Vehículos (Formulario 1057 en soporte papel), el cual es confeccionado en forma manual por los contribuyentes e incorporados en la base de datos mediante los operadores autorizados;

Que el Formulario Único para Trámites de Patentamiento de Vehículos (Formulario 1057) fue implementado en el marco del Convenio de Complementación de Servicios entre la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios y la entonces Dirección Provincial de Rentas;

Que en dicho formulario los Registros Seccionales de la mencionada Dirección Nacional deben dejar constancia de la percepción del Impuesto de Sellos que grava la transferencia del derecho de propiedad del automotor y de la Patente Única sobre Vehículos, de corresponder;

Que los adelantos tecnológicos han contribuido a la modernización de distintos métodos y sistemas que viene utilizando la Administración Provincial de Impuestos con el objetivo permanente de implementar nuevas aplicaciones informáticas, simples y modernas, que faciliten a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, de forma ágil y segura;

Que al mismo tiempo estas aplicaciones tienen por objeto posibilitar a los Municipios y Comunas un adecuado control y contribuir al perfeccionamiento de una base de datos integral que facilite una eficaz lucha contra las prácticas de evasión, fraude, elusión y mora fiscal;

Que en ese sentido se dispuso desarrollar una aplicación informática, incorporada como trámite en el sitio web de la Provincia de Santa Fe www.santafe.gov.ar/api, mediante la cual, los contribuyentes puedan iniciar el trámite de inscripción -alta- de los vehículos, la modificación de datos como también la baja del registro, permitiendo al mismo tiempo que las Municipalidades o Comunas puedan confirmar los datos y culminar el trámite actualizando la base de datos;

Que la aplicación informática desarrollada permite preservar la seguridad de la información que se transmite por vía electrónica y cumplir con el encuadramiento del secreto fiscal previsto en el Art. 150 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);

Que para el desarrollo e implementación ha tomado intervención conforme a su competencia la Dirección General de Coordinación, la Dirección de Seguridad de Información y los sectores operativos dependientes de las Administraciones Regionales Santa Fe y Rosario de la Administración Provincial de Impuestos y la Sectorial de Informática dependiente de la Secretaría de Ingresos Públicos y Finanzas;

Que para optimizar la aplicación desarrollada y en la búsqueda de lograr los objetivos de una eficiente administración tributaria se llevaron a cabo jornadas de capacitación con los agentes de las Municipalidades y Comunas, de la Administración Provincial de Impuestos, como así también con los mandatarios pertenecientes a los Colegios de Mandatarios de la 1º y 2º Circunscripción de la Provincia de Santa Fe;

Que la actuación de los mandatorios para trámites relacionados con automotores en el territorio de la Provincia de Santa Fe está sujeta a las disposiciones de la Ley Provincial Nº 10688;

Que el acceso a la aplicación informática por parte de los contribuyentes, de los mandatarios y las Municipalidades o Comunas se realizará utilizando la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y la Clave Fiscal otorgadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la que permitirá autenticarse en el organismo tributario nacional en cada oportunidad que ingresen a dicha aplicación;

Que como medida de seguridad adicional para el caso de los mandatarios y previo acceso a la aplicación para realizar el trámite, el sistema validará sobre la base de datos de los Colegios de Mandatarios que éstos se encuentren con matrícula vigente y activa;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 19, 21 y cc del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);

Que la Dirección General Técnica y Jurídica de la Administración Provincial de Impuestos ha emitido Dictamen Nº 156/2018, no encontrando observaciones de orden técnico...

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