Resolucion General

EmisorAdministracion Tributaria Mendoza
Fecha de la disposición 7 de Enero de 2014

RESOLUCION GENERAL

A.T.M. N° 2

Mendoza, 07 de enero de 2014

Visto: El expediente n° 524-A-13-01130, el acuerdo paritario celebrado entre el Gobierno de la Provincia y el Sindicato de Trabajadores de la Educación (SUTE) homologado por Decreto Nº 781/13 refrendado por la Ley Nº 8603, el Decreto Nº 2521 y la Resolución General A.T.M. Nº 2/13, y

CONSIDERANDO:

Que el acuerdo paritario celebrado entre el Gobierno de la Provincia y el Sindicato de Trabajadores de la Educación (SUTE) homologado por Decreto Nº 781/13 refrendado por la Ley Nº 8603 dispone que el trabajador de la educación con derecho a retroactivos, podrá obtener una orden de pago de crédito fiscal transferible válido para cancelar deudas de impuestos provinciales.

Que se estableció que el Gobierno Provincial dispondrá todos los actos útiles necesarios, para poder implementar la opción por la orden de pago de crédito fiscal transferible válido para cancelar deudas de impuestos provinciales.

Que el Decreto Nº 2521/13 autoriza a la Administración Tributaria Mendoza a realizar la compensación con impuestos provinciales y a optar por un sistema informático de acceso a través de Internet.

Que en función del objetivo permanente de esta Administración, de facilitar y simplificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, se ha diseñado un aplicativo vía web, que permitirá a los contribuyentes y/o responsables incluídos en a normativa mencionada precedentemente, compensar sus acreencias con los Impuestos patrimoniales que adeuden al Fisco.

Que la Resolución General A.T.M Nº 1/13, reglamenta la aplicación del crédito fiscal al pago de obligaciones tributarias y establece que se pondrá a disposición de los interesados un sistema vía web con acceso mediante clave fiscal para que se concrete la compensación.

Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario aprobar el aplicativo, con el objetivo de brindar una mejor atención al contribuyente, disminuyendo las gestiones personales en dependencias de este Organismo, como así también los tiempos administrativos que insumen su atención

Que a tal efecto han tomado la debida intervención los Departamentos Asuntos Legales y Asuntos Técnicos, la Dirección de Tecnología de la Información, el Departamento de Impuestos Patrimoniales, la Subdirección de organización y Auditoría y la Subdirección de Seguridad.

Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por el artículo 10°...

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