Resolución General 4327. Impuesto al Valor Agregado. Comercialización de granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos- y legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas-. Registración de operaciones. R.G. N° 3.744. Su modificación.
Fecha de disposición | 29 Octubre 2018 |
Fecha de publicación | 29 Octubre 2018 |
Sección | Resoluciones Generales |
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 4327
Impuesto al Valor Agregado. Comercialización de granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos- y legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas-. Registración de operaciones. R.G. N° 3.744. Su modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 26/10/2018
VISTO la Resolución General N° 3.744 y su modificación, y
CONSIDERANDO:
Que la citada norma estableció un procedimiento de registración ante este Organismo de los contratos y operaciones de compraventa de granos no destinados a la siembra - cereales y oleaginosos - y legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas-.
Que la Resolución General Conjunta N° 4.248 (Ministerio de Agroindustria \u2013 SENASA \u2013 INASE - AFIP) implementó un Sistema de Información Simplificado Agrícola denominado "SISA".
Que la misma ha sido reglamentada mediante la Resolución General N° 4.310 disponiendo los requisitos y condiciones para su integración e incorporando una matriz de riesgo o "scoring" como mecanismo de calificación de la conducta fiscal de los contribuyentes.
Que la mencionada reglamentación guarda relación con el régimen de registración dispuesto por la Resolución General N° 3.744 y su modificación, correspondiendo en consecuencia proceder a las adecuaciones pertinentes.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización y de Sistemas y Telecomunicaciones, y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 22 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, el Artículo 27 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, y el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios y por la Disposición N° 45 (AFIP) del 22 de febrero de 2016.
Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN TÉCNICO INSTITUCIONAL A CARGO DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
-
Sustitúyese el Artículo 1°, por el siguiente:
"ARTÍCULO 1°.- Establécese un procedimiento de registración...
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