Resolución General 3286

Fecha de disposición07 Marzo 2012
Fecha de publicación14 Marzo 2012
SecciónResoluciones Generales

Bs. As., 7/3/2012

VISTO la Actuación SIGEA N° 10051-171-2011 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que los regímenes de información establecidos por esta Administración Federal coadyuvan a facilitar los procedimientos y planes destinados a optimizar la acción fiscalizadora y el control de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes y responsables.

Que la Resolución General N° 3034 reunió en un solo cuerpo normativo los actos dispositivos relacionados con los regímenes de información de operaciones de compras, importaciones definitivas, locaciones o prestaciones recibidas, así como de préstamos con garantía hipotecaria y transferencia de dominio de bienes inmuebles.

Que se estima conveniente complementar dicha información con los datos necesarios para efectuar los controles específicos sobre el cumplimiento de la normativa promocional vigente, creando un régimen informativo que permita individualizar las operaciones de compras realizadas por los responsables alcanzados por los beneficios promocionales previstos en la Ley N° 22.021 y sus modificaciones.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Servicios al Contribuyente, y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL

DE LA ADMINISTRACION FEDERAL

DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

CREACION DEL REGIMEN INFORMATIVO

Artículo 1°

— Créase un régimen de información con relación a los proyectos industriales alcanzados por los regímenes de promoción otorgados por la Ley N° 22.021 y sus modificaciones, que se denominará “Régimen de información de empresas promovidas - Programa de Control Permanente”, a cuyo fin se deberán observar las formas, plazos y condiciones que se establecen en la presente.

SUJETOS OBLIGADOS

Art. 2°

— Quedan obligados a actuar como agentes de información los titulares de proyectos industriales alcanzados por los regímenes de promoción aludidos en el artículo 1°, respecto de las operaciones de compra, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios —incluidas las operaciones de importación— recibidas, que realicen como consecuencia de la actividad económica que desarrollen.

INFORMACION A SUMINISTRAR

Art. 3°

— Los sujetos obligados conforme al artículo 2° informarán los datos, con relación a las operaciones que, para cada caso, se indican a continuación:

  1. Actividad amparada por el Régimen de Promoción Industrial de la Ley N° 22.021 y sus modificaciones:

    1. Compras de materias primas o semielaboradas de origen nacional, que resulten alcanzadas por el tratamiento preferencial de conformidad con las normas particulares de otorgamiento de los beneficios promocionales y el Decreto N° 938 del 11 de mayo de 1993 y su...

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