Resolución - Conjunta N° 2 - SECTOP/2023, 01/12/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 2/SECTOP/23
Buenos Aires, 27 de noviembre de 2023
VISTO: Las Leyes Nros. 2.148 (Texto consolidado por Ley N° 6.588) y su
modificatoria, 6.486 y 6.292 (Texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros.
588/2010 y su modificatorio 316/2022, 463/2019 y modificatorios, 337/2020 y
316/2021, las Resoluciones Conjuntas Nº 1/SECTOP/22 y 1/SECTOP/23 y el
Expediente Electrónico N° EX-2023-39633840- -GCABA-DGDEI, y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 2.148 (Texto Consolidado por Ley N° 6.588), modificada por Ley N°
6.486 aprobó el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que, el artículo 3.2.8 del citado Código establece los requisitos para el otorgamiento
por primera vez de las Licencias de Conducir, determinando para ese supuesto o en
los casos especiales que establece el Código, conforme lo previsto por el inciso j) del
citado artículo se requiere la aprobación de un examen práctico de idoneidad
conductiva, el cual “(...) Debe realizarse en un vehículo correspondiente a la clase de
licencia solicitada, que además cumpla con todas las prescripciones legales de
seguridad y documentación que la Autoridad de Aplicación establezca. Debe utilizarse
un circuito de prueba o un área urbana habilitada por acto administrativo de la
Autoridad de Aplicación. (...)”;
Que a través del Decreto N° 588/2010, modificado por Decreto N° 316/2021, se
aprobó la reglamentación del citado Código, con la excepción de los Títulos Octavo y
Undécimo;
Que el artículo 3.2.2. del mencionado Decreto establece como subclasificación de
licencia a la categoría B1 para Automóviles, camionetas y utilitarios hasta tres mil
quinientos kilogramos (3.500 kg.) de peso;
Que, la Secretaría de Transporte y Obras Públicas y la Secretaría de Gestión Comunal
y Atención Ciudadana, mediante la Resolución Conjunta Nº 1/SECTOP/22 aprobaron
el “Protocolo de Examen Práctico de Idoneidad Conductiva” orientado a los aspirantes
a obtener la licencia de conducir de vehículos automotores calificados como clase B.1
y a su vez habilitaron las “Áreas Urbanas para el Examen Práctico de Idoneidad
Conductiva”, el cual establece las áreas de la Ciudad en las que podrá efectuarse el
examen práctico para la obtención de las Licencias de Conducir;
Que, seguidamente, por Resolución Conjunta N° 1/SECTOP/23 se modificó el
“Protocolo de Examen Práctico de Idoneidad Conductiva” y las “Áreas Urbanas para el
Examen Práctico de Idoneidad Conductiva” aprobadas oportunamente;
Que, por Decreto N° 463/2019 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico-
funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas y a la Secretaría de
Atención Ciudadana y Gestión Comunal, ambas entonces dependientes de la Jefatura
de Gabinete de Ministros;
Que la citada norma contempla, asimismo, a la Dirección General de Habilitación de
Conductores dentro de la órbita de la Subsecretaría de Servicios al Ciudadano de la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6760 - 01/12/2023

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