Resolución Comunal - N° 48223055 - COMUNA13/2023, 04/01/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN COMUNAL N.º 48.223.055/COMUNA13/22
Buenos Aires, 29 de diciembre de 2022
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ordenanza Nº
34.421 (texto consolidado por Ley Nº. 6.347 y actualizado por Ley Nº. 6.513), las
Leyes Nros. 1777, 2.148 y 6.292 (textos consolidados por Ley Nº 6.347), los Decretos
Nros. 463/19 y sus modificatorios, el Decreto N° 453- AJG/12, el Decreto Nº 277-
AJG/22, la RESFC-2022- 1-GCABA- SECACGC, el Expediente Electrónico Nº 2022-
43502241-GCABA-DGCCT, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 104 inciso
21 establece dentro de las atribuciones del Poder Ejecutivo la de otorgar permisos
para el ejercicio de actividades comerciales y todas aquellas que estén sujetas al
poder de policía de la Ciudad, conforme a las leyes;
Que en su artículo 127 define a las Comunas como unidades de gestión política y
administrativa con competencia territorial;
Que, asimismo, el artículo 128 establece que las Comunas ejercen funciones de
planificación, ejecución y control, en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de
la Ciudad, respecto a las materias de su competencia;
Que, por la Ley N° 1.777 se sancionó la Ley Orgánica de las Comunas con las
finalidades de promover la descentralización de las funciones del Gobierno de la
Ciudad preservando su integridad territorial, mejorar la eficiencia y la calidad de las
prestaciones que brinda el Gobierno de la Ciudad, así como cuidar el interés general
de la Ciudad y asegurar el desarrollo sustentable, entre otras;
Que, el artículo 11 de la precedente, en consonancia con lo dispuesto por el artículo
128 de la Constitución de la Ciudad, establece dentro de las ya mencionadas
competencias concurrentes de las Comunas y del Poder Ejecutivo “(...) c. La
fiscalización y el ejercicio del poder de policía, de las normas sobre usos de los
espacios públicos, suelo (...)”;
Que, a dichos fines, mediante Decreto N° 453-AJG/12 se delegó en las Comunas de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires el ejercicio del poder de policía respecto de las
normas sobre usos de los espacios públicos dentro de su jurisdicción, que en forma
concurrente ejercerán con el Poder Ejecutivo;
Que, por la Resolución RESFC-2022-1-SECACGC se dejaron sin efecto las
Resoluciones Conjuntas N° 2-MAYEPGC/18 y N° 1-SSGMO/20, las Resoluciones
Nros. 205-SECACGC/20, 219-SECACGC/20 y 24-SECACGC/21, el punto d) del
Anexo II aprobado por el artículo 2° de la Disposición N° 3500-DGOEP/16 y la
Disposición N° 3553-DGOEP/18;
Que, mediante la citada Resolución se aprobó asimismo el “Procedimiento para la
tramitación de permisos de uso del espacio público para el emplazamiento de áreas
gastronómicas en veredas, calzadas y otros espacios públicos”, conforme Anexos I a
V;
Que, el mismo contempla la posibilidad de emplazar equipamiento e instalaciones en
áreas gastronómicas sobre vereda, tales como: cubiertas (toldos canadienses o
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6533 - 04/01/2023

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