Resolución 95-E.

Fecha de disposición07 Marzo 2017
Fecha de publicación07 Marzo 2017
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 95-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 02/03/2017

VISTO el Expediente Nº S02:0012763/2017 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y las leyes Nros. 25.551 y 18.875, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto tramita el "Procedimiento de Selección destinado a la contratación de un servicio de consultoría para realizar el análisis integral del régimen jurídico vigente de la concesión de los aeropuertos que integran el Grupo \u2018A\u2019 del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA), dispuesto por el Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Concesión, aprobada por el Decreto Nº 1799 de fecha 4 de diciembre de 2007, y el respectivo Contrato aprobado por el Decreto Nº 163 de fecha 11 de febrero de 1998, en comparación con la regulación de la actividad aeroportuaria existente en otros países", requerido por las áreas técnicas del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA).

Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), encuadró el procedimiento de selección en cuestión para el referido servicio de consultoría en un concurso público de etapa múltiple, en el que la convocatoria se extienda a interesados y oferentes del exterior en los términos del artículo 26, inc. b), apartado 2 del Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001.

Que como consecuencia de la necesidad expuesta por el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) de extender el procedimiento de selección en cuestión a interesados y oferentes del exterior corresponde la intervención del MINISTERIO DE TRANSPORTE en los términos del artículo 16 de la Ley Nº 18.875, estrictamente a los efectos previstos en la referida norma.

Que cabe considerar que el procedimiento de selección en cuestión se rige, entre otras normas, por la Ley de Servicios de Consultoría Nº 22.460, la cual en su artículo 10 dispone: "Se podrá contratar con firmas o consultores extranjeros únicamente en los casos y en las condiciones previstas por el régimen de la Ley N° 18.875...".

Que el artículo 18 de la Ley Nº 25.551 dio por vencida la suspensión de la aplicación y vigencia de la Ley Nº 18.875, que se había previsto en el artículo 23 de la Ley Nº 23.697.

Que de conformidad con el artículo 8 de la Ley Nº 18.875, "La construcción de obras y la provisión de servicios, salvo casos excepcionales y aprobados previamente por una Resolución del Ministerio competente, en los que se demuestren razones valederas para la licitación o contratación internacional, se contratará exclusivamente con empresas locales".

Que a su vez, el artículo 16 de la Ley Nº 18.875, y en particular referido a los servicios de ingeniería y de consultoría, establece: "Se podrá contratar con firmas o profesionales extranjeros únicamente en casos excepcionales, aprobados previamente por Resolución del Ministerio competente, que sólo podrá fundarse en la falta de capacidad técnica local en el asunto del servicio o de la consulta, e imposible de suplir por vía de subcontratación, debiendo darse a publicidad el dictamen técnico correspondiente".

Que por su parte, el artículo 3º de la Resolución Nº 287 de fecha 20 de octubre de 2005 de la entonces Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa establece: "Los procedimientos de selección para la construcción de obras y/o la provisión de servicios que resulten alcanzados por el marco legal establecido por la Ley Nº 18.875 y sus normas complementarias y modificatorias, sólo podrán revestir carácter internacional si previamente se dicta la resolución ministerial competente que considere acreditadas las circunstancias excepcionales que menciona el Artículo 8º de la citada Ley".

Que las áreas técnicas del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), emitieron el Dictamen Técnico previsto en el artículo 16 de la Ley Nº 18.875.

Que en el mentado dictamen las áreas en cuestión hicieron énfasis en la "\u2026necesidad de contratar un servicio de consultoría que cuente con conocimientos específicos vinculados con el diseño, construcción, operación, administración, mantenimiento, mejoras, equipamiento, instalaciones y sistemas de la actividad...

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