Resolución 17/2010

Fecha de disposición26 Marzo 2010
Fecha de publicación26 Marzo 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31871

2009, mediante el cual se declara en situación de emergencia y/o desastre agropecuario a las explotaciones agropecuarias afectadas por prolongada sequía ubicadas en los Departamentos Castellanos, Las Colonias,

La Capital y Garay, desde el 29 de enero de 2009 hasta el 31 de marzo de 2009.

Que la Provincia de SANTA FE presentó el citado Decreto Nº 275/09 y la información técnica correspondiente, durante la vigencia de la Ley Nº 22.913, quedando su situación sin resolver al ser esta norma derogada por la Ley Nº 26.509.

Que mediante el Expediente Nº S01:

0518903/2009 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA tramita la prórroga de la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario de las Resoluciones Conjuntas Nº 80, Nº 103 y Nº 5 y Nº 78, Nº 101 y Nº 3, ambas del 11 de marzo de 2009 del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y del MINISTERIO DEL INTERIOR en diversos departamentos de dicha provincia, entre los que se encuentran el Departamento Garay y los Distritos Tacurales, Tacural, Colonia Raquel, Virginia, Colonia Mauá, Humberto Primo, Colonia Bicha, Eusebia, Hugentobler, Colonia Aldao, Sunchales, Ataliva, Galisteo, Pueblo Marini, Colonia Bigand, Fidela, Egusquiza, Lehmann, Ramona, Coronel Fraga, Vila, Castellanos, Presidente Roca,

Rafaela, Bella Italia, Bauer y Sigel, Santa Clara de Saguier, San Antonio, Saguier, Villa San José, Susana y Aurelia del Departamento Castellanos y Elisa, Jacinto L. Arauz,

Ituzaingó, La Pelada, Soutomayor, Providencia, María Luisa, Sarmiento, Hipatia, Progreso, Santo Domingo, Felicia, Grutly, Cululú y Colonia Rivadavia del Departamento Las Colonias.

Que el plazo solicitado para la prórroga citada en el considerando anterior comprende del 1 de enero de 2009 y hasta el 30 de septiembre de 2009, superponiéndose parcialmente los períodos de declaración o prórroga con lo solicitado mediante el Decreto Provincial Nº 275/09, por lo que se hace necesario evitar esta doble declaración.

Que, en consecuencia, se deben excluir de la presente resolución las áreas cuya prórroga se está tramitando mediante el citado Expediente Nº S01:0518903/2009.

Que el Artículo 5º del Decreto Nº 1712 de fecha 10 de noviembre de 2009 faculta expresamente al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA a dictar los respectivos actos administrativos para declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, o prorrogar, en su caso, los consecuentes beneficios de aquellas jurisdicciones provinciales que a la fecha de la sanción de la Ley Nº 26.509 contasen con los decretos provinciales de declaración de emergencia y/o desastre en el marco de la Ley Nº 22.913.

Que es preciso operativizar y establecer la fecha en que finalizarán los beneficios otorgados a los productores comprendidos en las zonas declaradas en emergencia y/o desastre agropecuario y que hayan sufrido un perjuicio concreto, cierto y verificable.

Que es necesario establecer el período por el cual se extenderán los beneficios contemplados en los Artículos 22 y 23 de la Ley 26.509, exceptuándose la aplicación del inciso 2 del referido Artículo 22.

Que del análisis de las presentes actuaciones surge que corresponde declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía en algunos departamentos de la Provincia de SANTA FE.

Que la Dirección de Legales del Area de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA...

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