Decreto 275/2009

Fecha de disposición17 Abril 2009
Fecha de publicación17 Abril 2009
SecciónDecretos
Número de Gaceta31635

Pág.

convencioneS coLectivAS De trABAJo Que el referido plazo fue prorrogado por igual término por los Decretos Nº 2071/06,

Nº 961/07 y 1012/08.

Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza del cargo involucrado y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas la DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA ESTRATEGICA MILITAR del MINISTERIO DE DEFENSA, resulta necesario disponer la prórroga por igual período del plazo precedentemente señalado.

Que dicha prórroga se dispone con carácter de excepción a lo dispuesto por el Título III,

Capítulo III y Título VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995). Artículos 1 a 6

Que la prórroga aludida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete, determinando que la medida propuesta es legalmente viable.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA y el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Prorrógase a partir del 6 de noviembre de 2008 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo fijado en el artículo 2º del Decreto Nº 1624/05 prorrogado por sus similares Nº 2071/06, Nº 961/07 y Nº 1012/08, por el cual se designó con carácter transitorio y como excepción a lo establecido en el Título III, Capítulo III y Título VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995), al Licenciado D.

Carlos Aníbal AGUILAR (DNI. Nº 14.030.329) en el cargo de Director Nacional de Inteligencia Estratégica Militar del MINISTERIO DE DEFENSA,

Nivel A Grado 0, Función Ejecutiva I.

Art. 2º

El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II Capítulos III, IV y VIII del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1º.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 45 MINISTERIO DE DEFENSA.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Sergio T.

Massa. -- Nilda C. Garré.

POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA Decreto 281/2009

Confírmase personal en la planta permanente.

Bs. As., 13/4/2009

VISTO el Expediente Nº S02:0002914/2007 del registro de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, las Leyes Nros. 26.102 y 26.338 y los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002 y 1088 del 5 de mayo de 2003, y CONSIDERANDO:

Que la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDADY DERECHOS HUMANOS, solicita la confirmación de agentes que prestan servicios en la referida Institución, de conformidad con las previsiones establecidas en el 'Estatuto para el Personal de la SECRETARIA DE INTELIGENCIA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y para el Personal Civil de Inteligencia de los Organismos de Inteligencia de las FUERZAS ARMADAS', aprobado por el Decreto Nº 1088/03.

Que el artículo 9º del citado Estatuto establece que transcurrido el término de condicionalidad, el agente podrá ser confirmado mediante resolución emanada de la misma autoridad que dispuso el nombramiento.

, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad o fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente'.

Que la medida que se propicia tiende a confirmar las designaciones condicionales que oportunamente se dispusiera en el marco del Decreto Nº 1088/03, respecto de los agentes de que se trata, por lo que la misma debe dictarse bajo el marco normativo señalado en el considerando precedente.

Que la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, ha certificado que los agentes involucrados cumplen con las exigencias legales...

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