Resolución 19/2010

Fecha de disposición16 Marzo 2010
Fecha de publicación16 Marzo 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31865

Por ello;

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:

Artículo 1º

Declarar de interés institucional la 'XXVII Congreso ALACAT Assekuransa 2010' a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los días 2 y 5 de mayo de 2010.

Art. 2º

La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para el organismo.

Art. 3º

REGISTRESE, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, comuníquese a la 'Asociación Argentina de Agentes de Carga Internacional'. Cumplido, archívese. -- María S. Tirabassi.

Instituto Nacional de Vitivinicultura VITIVINICULTURA Resolución C.7/2010

Difiérese la vigencia de la Resolución Nº C.

5/10 en lo que respecta al traslado de productos nuevos.

Mendoza, 9/3/2010

VISTO el Expediente Nº S93:0001301/2010, la Resolución Nº C. 5 de fecha 3 de febrero de 2010, y CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº C.5 de fecha 3 de febrero de 2010 se establece que el traslado caducará indefectiblemente el último día del mes en que fuera autorizado.

Que la mencionada resolución fue publicada el día 11 de febrero de 2010 en el Boletín Oficial Nº 31.841.

Que existen empresas que a la fecha de publicación de la norma contaban con numerosos traslados cuya operatoria de comercialización y movilización se proyectaron en función de la normativa vigente en esa época.

Que en la etapa de elaboración de vinos y mostos se producen numerosos traslados de productos nuevos por falta de capacidad de vasija vinaria por parte de las bodegas elaboradoras.

Que como consecuencia de ello y teniendo en cuenta la necesidad de contar con una dinámica que se ajuste a las circunstancias del caso y su accionar en función de las reglas establecidas, resulta aconsejable diferir la vigencia de la resolución Nº C.5/2010.

Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos del INV ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y el Decreto Nº 1306/08,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA RESUELVE:

  1. -- Difiérese la vigencia de lo resuelto en el Punto 2º de la Resolución Nº C. 5 de fecha 3 de febrero de 2010, hasta el día 1 de junio del corriente año.

  2. -- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. -Guillermo D. García.

Instituto Nacional de Semillas SEMILLAS Resolución 19/2010

Establécese que la comercialización de semilla de arroz deberá corresponder exclusivamente a la clase fiscalizada.

Bs. As., 2/3/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0486620/2009 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO:

Que...

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