Resolución 760/2022

Fecha de publicación11 Noviembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD


Ciudad de Buenos Aires, 08/11/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-90537311- -APN-DRYFPQ#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o 1992) y sus modificatorias, la Ley N° 24.059 de Seguridad Interior, la Ley Nº 26.045, La Ley N° 23.737, el Decreto Nros. 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, 15 de fecha 5 de enero de 2016, 342 de fecha 12 de febrero de 2016 y 593 del 27 de agosto de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del artículo 22 bis de la Ley de Ministerios es competencia del Ministerio de Seguridad asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo concerniente a la seguridad interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático.

Que dicha norma faculta a esta Cartera Ministerial a entender en la determinación de la política criminal y en la elaboración de planes y programas para su aplicación, así como para la prevención del delito.

Que por disposición del artículo 8° de la Ley N° 24.059 de Seguridad Interior, el Ministerio de Seguridad tiene a su cargo la conducción del esfuerzo nacional de policía y la dirección superior de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad del Estado Nacional.

Que en esta línea dicha normativa faculta al Ministerio de Seguridad a formular las políticas correspondientes al ámbito de la seguridad interior, y elaborar la doctrina y planes y conducir las acciones tendientes a garantizar un adecuado nivel de seguridad interior.

Que en función del crecimiento de la producción y del consumo de estupefacientes, el control de precursores químicos se ha transformado en un asunto prioritario para la política de seguridad interior.

Que el delito de tráfico ilegal de precursores químicos tiene un alto grado de especificidad, que requiere de organizaciones criminales con capacidad de desplegar una estructura organizativa, toda vez que, la consecución de la maniobra precisa de un circuito de actividades diversas tales como el contrabando, lavado de activos y tráfico ilícito de estupefacientes.

Que una estrategia de política criminal que involucre el trabajo mancomunado entre el Ministerio de Seguridad, las Fuerzas de Seguridad Federales, organismos integrantes del Estado Nacional, y el Poder Judicial, resulta conveniente para incrementar la percepción del potencial ofensor, así como la certeza, celeridad y severidad del...

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