Resolución 64.

Fecha de disposición27 Octubre 2017
Fecha de publicación27 Octubre 2017
SecciónResoluciones

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 64/2017

Buenos Aires, 20/10/2017

VISTO el Expediente N° 26031, del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), la Ley N° 24.076, los Decretos N° 1.738/92 y N° 2.255/92 y la Resolución ENARGAS N° 35/93;

CONSIDERANDO:

Que, la COOPERATIVA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, SOCIALES Y VIVIENDAS EL BOLSÓN LIMITADA (en adelante COOPETEL o la COOPERATIVA) solicitó autorización para operar como Subdistribuidor de Gas Licuado de Petróleo, en las Localidades de Maquinchao, Los Menucos, Sierra Colorada y Ramos Mexía, Provincia de Río Negro, en el área de Licencia de la Distribuidora CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. (en adelante SUR).

Que, el presente Expediente se inició con el desglose de las actuaciones correspondientes a Ramos Mexía, del Expediente ENARGAS N° 8046 en el que COOPETEL había solicitado dicha autorización para esta localidad en forma conjunta con otras localidades, de modo que cada una tramitara separadamente.

Que, por NOTA ENRG/GD/UCF N° 11643/08 de fecha 23/12/08, se informó a COOPETEL que, del análisis de la documentación aportada al Expediente ENARGAS N° 8046, surgía que la misma debía presentar los planos del proyecto aprobados de las redes de distribución de GLP correspondientes a las Localidades de Maquinchao, Los Menucos, Sierra Colorada y Ramos Mexía con la identificación de los límites físicos de los sistemas de cada una de ellas y el listado de los activos afectados al servicio para el desempeño de la actividad.

Que, además se le requirió que acreditase el cumplimiento de lo establecido en el punto 9, requisitos técnicos del ANEXO I del compendio de instrucciones para subdistribución de gas por redes de la Resolución ENARGAS N° 35/93.

Que, con fecha 25 de septiembre de 2014, COOPETEL remitió el plano de la red aprobado por SUR, acta de habilitación y certificado de Aptitud Técnica y de Seguridad de la Planta de Almacenaje y Distribución de GLP.

Que, mediante presentación de fecha 06 de enero de 2015, COOPETEL presentó un anexo documental a los efectos de dar cumplimiento a los requerimientos de la Resolución ENARGAS N° 35/93.

Que, asimismo, con fecha 25 de marzo de 2015, presentó un nuevo Certificado...

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