Resolución 61.

Fecha de disposición13 Abril 2018
Fecha de publicación13 Abril 2018
SecciónResoluciones

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 61/2018

Ciudad de Buenos Aires, 12/04/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-09428357-ANSES-DAFYD#ANSES del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), las Leyes Nros. 24.241, 24.714, 27.160, 27.426, 27.431 y sus modificatorias, la Resolución D.E.-N Nº 616 de fecha 18 de noviembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO tramita un proyecto de resolución mediante el cual se modifica el artículo 1° de la Resolución D.E.\u2013N N° 616/15 del 18 de noviembre de 2015.

Que a través de la Ley N° 24.714, sus modificatorias y complementarias, se instituyó, con alcance nacional y obligatorio, un Régimen de Asignaciones Familiares para los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada y pública nacional; para los beneficiarios de la Ley sobre Riesgos de Trabajo y del Seguro de Desempleo; para aquellas personas inscriptas y con aportes realizados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) establecido por la Ley N° 24.977, sus complementarias y modificatorias; para los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), beneficiarios del régimen de pensiones no contributivas por invalidez, para la Pensión Universal para el Adulto Mayor; como así también para los beneficiarios de la Asignación por Embarazo para Protección Social y la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.

Que la Ley N° 27.160 dispone que serán móviles los montos de las Asignaciones Familiares y Universales y los rangos de ingresos del grupo familiar previstos en la Ley N° 24.714, sus normas complementarias y modificatorias, con excepción de la establecida en el inciso e) del artículo 6° de la misma.

Que el artículo 1° de la Resolución D.E. \u2013N N° 616/15 estableció la oportunidad en que deberán aplicarse los índices de movilidad para cada tipo de asignación familiar.

Que la Ley N° 27.431 modificó el segundo párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27.160, determinando que el cálculo de la movilidad se realizaría conforme a lo previsto por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias.

Que el artículo 1° de la Ley...

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